Contexto y entidad emisora del proyecto
El proyecto de decreto, anunciado recientemente por el Ministerio de Educación Nacional, buscaría adicionar el Título 11 a la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015, el cual es el Único Reglamentario del Sector Educación. Este decreto se orientaría a incorporar y reglamentar el Servicio Social para la Paz, una figura creada por la Ley 2272 de 2022 como alternativa al servicio militar obligatorio. La iniciativa se enmarcaría en las facultades constitucionales conferidas al Presidente de la República y se publicaría próximamente en el Diario Oficial.
Tema principal y propósito del proyecto
El proyecto de decreto tendría como propósito principal reglamentar el Servicio Social para la Paz, definiendo sus modalidades, procesos, actores y beneficios. Este servicio, con una duración de doce meses, estaría dirigido a jóvenes colombianos entre los 18 y 24 años que cumplan con los requisitos del servicio militar obligatorio. Se buscaría promover la participación juvenil en la construcción de paz, la reconciliación social y el desarrollo comunitario, a través de once modalidades que abarcarían áreas como alfabetización digital, trabajo con víctimas del conflicto armado, protección ambiental, educación para el trabajo, entre otras.
Modificaciones y regulaciones propuestas
El proyecto propondría la creación de un Título específico dentro del Decreto 1075 de 2015 para regular el Servicio Social para la Paz. Se establecerían definiciones clave, como la de promotores del servicio, participación ciudadana juvenil y modalidades del servicio. Además, se incorporarían seis enfoques transversales para la aplicación del servicio: derechos, género y diversidades sexuales, étnico, intercultural, territorial y diferencial e interseccional.
Se definirían las once modalidades del servicio, cada una liderada por entidades públicas nacionales como los ministerios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Interior, Ambiente y Desarrollo Sostenible, Agricultura, Igualdad y Equidad, entre otros, y se establecería un marco operativo común con siete etapas: convocatoria, inscripción, selección, ingreso, capacitación, práctica y culminación.
Acciones y disposiciones específicas
El decreto establecería un Comité Técnico encargado de la implementación, acompañamiento y seguimiento del Servicio Social para la Paz, conformado por altos funcionarios de los ministerios involucrados y otros organismos del Estado. Este comité definiría criterios de selección, cupos disponibles, cronogramas y lineamientos para la difusión y evaluación del programa.
Los jóvenes seleccionados recibirían un auxilio económico equivalente al 80% del salario de un soldado en servicio militar, así como dotación semestral, auxilio de transporte, bonificaciones de navidad y seguro de vida colectivo. Además, se garantizaría la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales y se establecerían mecanismos para evitar discriminación y promover espacios seguros durante la prestación del servicio.
Se definirían mecanismos para la inscripción, capacitación, seguimiento y culminación del servicio, incluyendo la expedición de certificaciones equivalentes a la libreta militar y para efectos de primer empleo. También se establecerían beneficios académicos y priorización para pasantías en el Estado.
Participación de actores clave
Las entidades públicas nacionales líderes de cada modalidad serían responsables de coordinar y ejecutar las acciones correspondientes. El Ministerio de Educación Nacional tendría un rol rector en la convocatoria, formación, seguimiento y monitoreo del servicio. El Comité Técnico incluiría representantes de los ministerios de Defensa, Igualdad y Equidad, Planeación, Función Pública y la Comisión para la Paz, entre otros, y se abriría la posibilidad de participación de representantes juveniles, academia y organizaciones sociales con voz pero sin voto.
Información adicional y participación ciudadana
Aunque el proyecto de decreto aún no estaría en vigor, se espera que sea publicado para consulta pública, permitiendo a la ciudadanía enviar comentarios y propuestas durante un periodo determinado. Los interesados podrían acceder al texto completo a través de los portales oficiales del Ministerio de Educación Nacional y demás entidades implicadas.
| Modalidad del Servicio Social para la Paz |
Entidad líder |
| Alfabetización digital en zonas rurales o urbanas |
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (coordinación con el Ministerio de Educación Nacional) |
| Trabajo con víctimas del conflicto armado y promoción de derechos humanos |
Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas |
| Refrendación y cumplimiento de los Acuerdos de Paz |
Oficina del Comisionado para la Paz y Unidad de Implementación del Acuerdo Final |
| Promoción de la política pública de paz, reconciliación, convivencia y no estigmatización |
Ministerio del Interior (coordinación con Departamento Administrativo de la Función Pública) |
| Protección ambiental y biodiversidad |
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (coordinación con el Ministerio de Educación Nacional) |
| Promoción de la paz étnico-cultural y territorial |
Ministerio de Igualdad y Equidad o quien haga sus veces |
| Protección y cuidado de personas con discapacidad y mayores vulnerables |
Ministerio de Igualdad y Equidad o quien haga sus veces |
| Trabajo en la reforma rural integral |
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural |
| Vigía del patrimonio cultural material e inmaterial |
Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes (coordinación con el Ministerio de Educación Nacional) |
| Trabajo con personas damnificadas por fenómenos naturales |
Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (coordinación con el Ministerio de Educación Nacional) |
| Promoción de educación y actividades en gestión del riesgo y cambio climático |
Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (coordinación con Ministerio de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Ministerio de Educación Nacional) |