Contexto y propósito de la Circular Externa 002 de 2025
La transferencia de tecnología es un mecanismo clave para que los desarrollos científicos y tecnológicos sean accesibles a diversos actores del sector público y privado, impulsando la innovación y el desarrollo económico. Reconociendo esta importancia, la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2022-2031 destaca la transferencia tecnológica como un eje estratégico para fomentar la adopción y el aprovechamiento de avances científicos en beneficio de la sociedad.
En ciertos casos, la transferencia de tecnología involucra el tratamiento de datos personales, ya sea porque se transfieren conjuntos de datos que contienen información personal o porque la tecnología transferida tiene como función el manejo de dichos datos. La circular se dirige a regular específicamente estos escenarios, con el fin de asegurar que durante estos procesos se respeten y protejan los derechos fundamentales relacionados con la privacidad y la protección de datos personales.
Alcance y destinatarios
La Circular Externa 002 de 2025 está dirigida a las entidades bajo vigilancia de la Superintendencia de Industria y Comercio en su rol de autoridad de protección de datos personales. Su ámbito de aplicación abarca los procesos de transferencia de tecnología que impliquen la transferencia de datos personales o tecnologías que permitan su tratamiento, tanto en el sector público como en el privado.
Esta regulación es de naturaleza vinculante para sus destinatarios, dado que emana de una autoridad competente encargada de velar por el cumplimiento de la legislación vigente en protección de datos personales, en particular la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y el Decreto 1074 de 2015.
Contenido sustancial y principales instrucciones
La circular establece un conjunto de instrucciones concretas para garantizar el cumplimiento normativo y la protección efectiva de los datos personales en el contexto de las transferencias de tecnología:
- Verificación preliminar: Los proveedores y receptores deben identificar si la tecnología transferida incluye funcionalidades relacionadas con el tratamiento de datos personales, describirlas y verificar que cumplen con la normativa aplicable. En caso de transferencia de datos personales, deben asegurarse de que la operación respete las reglas para transferencias internacionales cuando corresponda.
- Responsabilidad demostrada: Se exige implementar mecanismos efectivos para identificar, medir y controlar los riesgos asociados al tratamiento de datos personales durante todas las etapas del proceso, documentando las decisiones y adoptando acciones correctivas previas a la implementación final.
- Protección desde el diseño y por defecto: La tecnología debe incorporar medidas que aseguren el cumplimiento de los principios de tratamiento de datos personales como libertad, necesidad, seguridad y confidencialidad. Se promueve la minimización de datos, la anonimización o seudonimización cuando sea posible.
- Garantías contractuales: Se recomienda incluir cláusulas contractuales que establezcan responsabilidades, medidas de seguridad, garantías para transferencias internacionales y mecanismos de supervisión o auditoría para proteger los datos personales.
Validez legal y funciones de la autoridad de vigilancia
La circular se fundamenta en las facultades conferidas a la Superintendencia de Industria y Comercio por la Ley 1581 de 2012, que le otorgan funciones de vigilancia, control e impartición de instrucciones para asegurar el cumplimiento de la legislación en protección de datos personales. La Corte Constitucional ha reconocido que estas funciones constituyen ejercicio legítimo de la potestad estatal de policía administrativa para garantizar derechos fundamentales.
Así, la circular no solo establece lineamientos técnicos y administrativos, sino que también representa un instrumento jurídico vinculante para los sujetos vigilados, contribuyendo a un ambiente regulatorio claro y propicio para la transferencia tecnológica responsable.
Importancia para el ecosistema de innovación y la sociedad
Al promover un enfoque preventivo y responsable en la transferencia de tecnología que involucra datos personales, la circular busca proteger derechos fundamentales y fomentar la innovación sostenible. Este balance es esencial para que los avances científicos y tecnológicos puedan ser aprovechados respetando la privacidad y seguridad de las personas, contribuyendo así al desarrollo social y económico conforme a los estándares nacionales e internacionales.
Para consultar la circular completa, puede acceder al Diario Oficial No. 53.268 del 9 de octubre de 2025 o visitar el sitio oficial de la Superintendencia de Industria y Comercio, donde se encuentra disponible para descarga y consulta pública.