Contexto y marco normativo
El proyecto de decreto, anunciado por el Ministerio de Transporte en 2025, buscaría reglamentar el artículo 282 de la Ley 2294 de 2023, que hace parte del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Esta norma complementaría y modificaría aspectos relacionados con los aeropuertos fronterizos en Colombia, en concordancia con tratados internacionales y la Ley de Fronteras. El decreto se fundamentaría en disposiciones constitucionales y legales que promueven la integración regional y el desarrollo de las zonas fronterizas, como los artículos 9, 209, 227 y 282 de la Constitución Política, y el Decreto Ley 410 de 1971.
Propósito principal y grupos afectados
El objetivo principal del proyecto sería facilitar y promover el transporte aéreo transfronterizo entre Colombia y sus países limítrofes, así como mejorar la conectividad de las regiones fronterizas con el interior del país. Esta medida impactaría a los servicios aéreos comerciales nacionales y de los países vecinos, especialmente en aeropuertos ubicados en zonas de frontera designados como prioritarios por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Transporte.
Modificaciones y nuevas disposiciones
El proyecto plantearía otorgar a los vuelos hacia o desde aeropuertos fronterizos el tratamiento propio de operaciones en rutas nacionales en aspectos como tasas aeroportuarias, servicios de protección al vuelo y derechos de aeródromo, siempre bajo condiciones de reciprocidad con los países limítrofes. Además, se establecerían criterios para la clasificación y priorización de aeropuertos fronterizos, que serían actualizados periódicamente por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil). Los aeropuertos concesionados podrían acogerse voluntariamente a esta reglamentación, siguiendo el procedimiento para su clasificación.
Acciones y obligaciones para la implementación
Las operaciones aéreas transfronterizas tendrían que cumplir con las normas aduaneras, migratorias, policiales y sanitarias vigentes, sin excluir los controles correspondientes por parte de las autoridades competentes. La Aerocivil sería responsable de definir los requisitos técnicos y condiciones para la operación de los aeropuertos fronterizos, conforme a las regulaciones nacionales e internacionales. Asimismo, las operaciones en aeropuertos fronterizos colombianos serían admitidas siempre que las autoridades competentes en los países vecinos acepten los planes de vuelo respectivos.
Participación de actores clave
El proyecto involucraría la coordinación entre diversas entidades nacionales, tales como el Ministerio de Transporte, el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Migración Colombia, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), y la Policía Nacional. Estas entidades colaborarían para garantizar que las operaciones aéreas fronterizas se desarrollen bajo estándares internacionales y en cumplimiento de la normativa aplicable.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto de decreto estaría disponible para consulta pública a través de la página web del Ministerio de Transporte durante un periodo determinado para recibir comentarios, observaciones y propuestas de la ciudadanía y grupos de interés. Esta fase permitiría la participación ciudadana en el proceso de elaboración, conforme a lo establecido en la Ley 1437 de 2011 y demás normativas vigentes.
| Entidad |
Rol en el proyecto |
| Ministerio de Transporte |
Entidad emisora y responsable de la regulación y supervisión técnica |
| Ministerio de Relaciones Exteriores |
Participación en la designación y priorización de aeropuertos fronterizos |
| Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) |
Clasificación, condiciones técnicas y publicación de listados de aeropuertos |
| DIAN, Migración Colombia, ICA, INVIMA, Policía Nacional |
Control y vigilancia en materia aduanera, migratoria, sanitaria y policial |
En conclusión, este proyecto de decreto busca fortalecer la infraestructura y operación de aeropuertos en zonas fronterizas, facilitando el transporte aéreo transfronterizo y promoviendo el desarrollo socioeconómico de las regiones limítrofes. La colaboración interinstitucional y la participación ciudadana serán fundamentales para la correcta implementación y éxito de esta iniciativa, que apunta a mejorar la conectividad aérea de Colombia con sus países vecinos bajo un marco regulatorio claro y consensuado.