Proyecto de Resolución del Ministerio de Transporte reglamenta el Fondo para la Promoción de Ascenso Tecnológico – FOPAT
Proviene de: Proyectos de Resolución
17 de octubre de 2025 15:34:19
Propósito General y Objetivo Principal
El proyecto de resolución tiene como propósito reglamentar de manera integral el esquema de gobernanza, la ejecución, distribución y administración de los recursos del FOPAT, un patrimonio autónomo creado para financiar planes, programas y proyectos orientados al ascenso tecnológico, modernización y transición energética del sector transporte. Su objetivo principal es fortalecer el marco normativo y operativo del Fondo para garantizar la eficiencia administrativa, la seguridad jurídica y la adecuada ejecución de los recursos, en concordancia con la Ley 2169 de 2021, la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 1266 de 2024.
Nuevas Disposiciones y Mecanismos Introducidos
Entre las innovaciones relevantes, el proyecto centraliza las competencias decisorias en un Comité Fiduciario único, que actúa como órgano colegiado responsable de la toma de decisiones estratégicas y financieras, supervisión y aprobación de manuales, presupuestos y contratos. Este Comité estará integrado por cinco servidores públicos del Ministerio de Transporte, incluyendo al Viceministro de Transporte, el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, el Secretario General, el Coordinador del Grupo UMUS, y un delegado de la máxima autoridad del Ministerio.
Se define además la figura del Coordinador del FOPAT, un funcionario designado por la máxima autoridad del Ministerio, encargado de articular y facilitar la interacción técnica y operativa entre el Ministerio, la Fiduciaria administradora y el Comité Fiduciario, sin ejercer autoridad jerárquica ni potestad decisoria.
La sociedad fiduciaria contratada será responsable de administrar los recursos del patrimonio autónomo del Fondo, ejecutando las decisiones del Comité Fiduciario y las órdenes de pago autorizadas, bajo un Manual Operativo y un Manual de Contratación específicos para el FOPAT.
Medidas Específicas Propuestas
El proyecto establece un esquema de cuentas y subcuentas para la administración financiera, conforme al Decreto 1266 de 2024 y la legislación vigente. Las subcuentas estarán dirigidas a diferentes segmentos del sector transporte, tales como movilidad de bajas y cero emisiones en transporte público, modernización del transporte de carga liviana y pesada, y modernización del parque automotor tipo taxi.
Se regulan mecanismos de ejecución financiera que incluyen la celebración de convenios, contratos y la posibilidad de apalancar líneas de financiamiento para los beneficiarios. Además, se prevé la inclusión de políticas de diversidad, equidad, inclusión y no discriminación en los procesos de ejecución, así como la incorporación de componentes de seguridad vial en los planes y proyectos.
El Fondo podrá recibir aportes territoriales, donaciones, cooperación nacional e internacional, y otros recursos, sin que dichos aportantes adquieran derechos administrativos sobre los recursos.
Impacto y Alcance Potencial
La reforma busca promover la modernización tecnológica y la transición energética del sector transporte en Colombia, impulsando la eficiencia energética y la reducción de emisiones contaminantes. Además, fortalece la transparencia, la rendición de cuentas y la gestión responsable de los recursos públicos, asegurando la coherencia con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y los compromisos internacionales en materia ambiental.
El esquema previsto favorece la articulación interinstitucional y la participación de entidades públicas, privadas y mixtas en la formulación y ejecución de proyectos financiados por el Fondo, sin que estas adquieran calidad de fideicomitentes.
Participación de Actores Clave
El Ministerio de Transporte actúa como fideicomitente y rector del Fondo, mientras que la sociedad fiduciaria, supervisada por la Superintendencia Financiera, administra los recursos. El Comité Fiduciario es el órgano decisorio colegiado que garantiza la gobernanza adecuada y la supervisión financiera. El Coordinador del FOPAT facilita la coordinación técnica y operativa entre todos los actores.
Además, se contemplan espacios para la participación de servidores públicos adicionales y expertos técnicos, jurídicos o financieros, que serán invitados a las sesiones del Comité Fiduciario según la naturaleza de los asuntos tratados.
Este proyecto de resolución fue publicado para recibir comentarios y propuestas, en cumplimiento de los principios de transparencia y publicidad establecidos en la Ley 1437 de 2011 y normatividad complementaria.
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Este proyecto representa un avance significativo en la consolidación de un marco normativo robusto que permita al país avanzar en la modernización tecnológica del sector transporte, contribuyendo a la sostenibilidad ambiental y al desarrollo económico inclusivo. La implementación efectiva de estas disposiciones facilitará la articulación interinstitucional y la participación multisectorial, fortaleciendo el compromiso del país con la innovación y la protección del medio ambiente. Con ello, se espera que el FOPAT se convierta en un instrumento clave para impulsar proyectos que transformen el sector transporte, promoviendo un futuro más eficiente, sostenible y competitivo para Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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