Contexto y alcance de la resolución
La Resolución 00001968, emitida el 24 de septiembre de 2025 por el Ministerio de Salud y Protección Social, es un acto administrativo de gran relevancia que reemplaza las Resoluciones 888 de 2012 y 1621 de 2023. Su propósito principal es establecer y unificar los lineamientos para la dirección y operación del Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas (PAPSIVI), en cumplimiento de mandatos legales contenidos en la Ley 1448 de 2011 y sus modificaciones, así como en decretos y leyes complementarias.
El programa está dirigido a todas las víctimas del conflicto armado y la violencia sociopolítica reconocidas administrativa o judicialmente, y que se encuentran dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). El destinatario principal incluye a las Entidades Territoriales, Entidades Promotoras de Salud (EPS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y demás actores vinculados al sistema de salud y protección social.
Objetivo y finalidad de la resolución
El objetivo esencial de esta resolución es adoptar medidas claras para la dirección y operación del PAPSIVI, orientadas a garantizar la atención integral en salud física, mental y psicosocial de las víctimas. Se busca unificar criterios técnicos, fortalecer la coordinación intersectorial, facilitar la asistencia técnica, promover la formación del talento humano y fomentar la investigación para la mejora continua del programa.
Además, se establecen procesos transversales de participación activa de las víctimas, monitoreo y seguimiento, así como planeación y gestión financiera, asegurando la articulación técnica, operativa y territorial de los servicios.
Decisiones y regulaciones principales
Entre las disposiciones destacadas, la resolución crea el Comité Institucional de Dirección del Programa, encargado de definir, coordinar y orientar la implementación, monitoreo y seguimiento del PAPSIVI. Este comité está presidido por la Oficina de Promoción Social del Ministerio y cuenta con representación de varias dependencias sectoriales.
El modelo de operación del programa se basa en cinco líneas estratégicas:
- Atención Integral en Salud: que incluye la conformación de Equipos de Atención Integral en las IPS, con un enfoque diferencial y psicosocial.
- Coordinación Intersectorial: para articular acciones entre actores nacionales, locales y comunitarios.
- Asistencia Técnica: fortalecimiento de capacidades técnicas y administrativas.
- Formación al Talento Humano: capacitación continua con enfoque psicosocial y diferencial.
- Investigación: evaluación y generación de conocimiento para mejorar el programa.
Además, se establecen procesos transversales que garantizan la participación efectiva de las víctimas, gestión transparente, monitoreo y evaluación de la implementación, y planeación financiera basada en criterios objetivos de focalización territorial.
La resolución también regula la distribución y asignación de recursos, estipulando que la financiación proviene de diversas fuentes, incluyendo el Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud, recursos del Sistema General de Participaciones, Regalías y cooperación internacional.
Base legal y modificaciones normativas
Esta resolución se fundamenta en normas como el artículo 137 de la Ley 1448 de 2011, el Decreto Ley 4107 de 2011, el Decreto 780 de 2016, y recientes modificaciones introducidas por la Ley 2421 de 2024 y el Decreto 729 de 2025, entre otros. Reemplaza expresamente las Resoluciones 888 de 2012 y 1621 de 2023 para actualizar y unificar los lineamientos conforme a las nuevas necesidades y políticas públicas.
Impacto potencial y obligaciones para los actores del sistema de salud
La resolución impone obligaciones de cumplimiento obligatorio a los actores del SGSSS, incluyendo entidades territoriales, EPS, IPS y la Superintendencia Nacional de Salud, quienes deben adoptar las medidas necesarias para implementar el programa en sus competencias.
Se espera que la implementación de este modelo operativo integral genere una mejora significativa en la atención a las víctimas, garantizando un enfoque interdisciplinario, diferencial y territorialmente articulado. Asimismo, se fortalece la participación de las víctimas en las distintas fases del programa, asegurando transparencia y rendición de cuentas.
Finalmente, la resolución establece mecanismos claros para la inspección, vigilancia y control por parte de las autoridades sanitarias y de supervisión, lo que contribuirá a la eficacia y eficiencia del programa en beneficio de las víctimas del conflicto armado y la violencia sociopolítica en Colombia. Con estas medidas, el Ministerio reafirma su compromiso con la garantía de derechos y la atención integral de quienes han sido afectados por la violencia, buscando construir procesos de reparación y reconciliación en el país.