Propósito General y Objetivo Principal
El proyecto de resolución tiene como propósito general establecer los lineamientos técnicos de interoperabilidad para el reporte de información operativa por parte de los agentes operadores de estaciones de carga para vehículos eléctricos e híbridos enchufables. Su objetivo principal es facilitar el acceso, la gestión y consulta eficiente de datos sobre la infraestructura de carga pública, contribuyendo a la masificación de la movilidad eléctrica y a la transición energética sostenible en Colombia.
Nuevas Disposiciones y Mecanismos Introducidos
Entre las innovaciones más relevantes, el proyecto adopta estándares técnicos actualizados para conectores de estaciones de carga, incluyendo el conector Tipo 2 y CCS Combo 2, conforme a normativas internacionales (IEC 61269 o equivalentes nacionales). Se establece un protocolo de reporte de información mediante un archivo en formato JSON, que debe ser enviado por los prestadores del servicio de carga, operadores de puntos de carga (CPO) y proveedores de servicios de movilidad (MSP) en intervalos de 30 segundos.
Además, se define el uso de un Servidor de Autenticación que emitirá credenciales digitales (API Key y tokens de vida corta) para garantizar la seguridad, integridad y trazabilidad de los datos reportados. La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) será responsable de recolectar, validar y poner a disposición esta información a través de interfaces abiertas como API, así como de desarrollar herramientas para su visualización y análisis.
Medidas Específicas Propuestas
El proyecto detalla:
- La obligación para los prestadores del servicio de carga y operadores de puntos de carga de reportar información detallada sobre el estado, ubicación, tipos de conectores, niveles de carga, condiciones de uso, costos y medición eléctrica de las estaciones de carga.
- Un período de transición de doce meses para que las estaciones en operación adopten los estándares técnicos establecidos.
- La exención de límites de potencia o energía para estos prestadores al contratar suministro eléctrico en el mercado no regulado, siempre que implementen medición diferenciada.
- La simplificación del procedimiento para acceder a puntos de conexión a la red eléctrica, con un plazo de doce meses para que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expida la reglamentación correspondiente.
- La implementación de un sistema en línea para facilitar el acceso a incentivos relacionados con el no pago de contribuciones en la energía destinada a la carga de vehículos eléctricos.
- La supervisión y control a cargo del Ministerio de Minas y Energía o la entidad delegada, junto con la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de protección al consumidor.
Impacto y Alcance Potencial
La adopción de estos lineamientos busca fortalecer la infraestructura y operación de estaciones de carga, promoviendo la interoperabilidad y estandarización técnica. Esto permitirá una mejor planificación energética, reducción de incertidumbres en la demanda y optimización en la asignación de recursos para la expansión de redes eléctricas. Además, se espera que facilite la masificación de la movilidad eléctrica, apoyando la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la transición hacia una matriz energética más limpia y sostenible.
Participación de Actores Clave
El proyecto involucra a diversos actores, incluyendo prestadores del servicio de carga, operadores de puntos de carga (CPO), proveedores de servicios de movilidad (MSP), la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), y la Superintendencia de Industria y Comercio. También se contempla la participación de usuarios y personas naturales o jurídicas interesadas en la movilidad eléctrica y el desarrollo del sector energético.
La iniciativa se alinea con las políticas públicas nacionales en materia de eficiencia energética, movilidad sostenible y transición energética justa, reflejando compromisos internacionales y estrategias nacionales como el Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PROURE), la Ley 1964 de 2019, y el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
El proyecto se encuentra en etapa de consulta pública, lo que permite la participación ciudadana y la incorporación de observaciones para su mejora antes de su adopción definitiva. Se invita a todos los interesados a revisar el documento completo y enviar sus comentarios dentro del plazo establecido, con el objetivo de consolidar un marco regulatorio robusto y efectivo que impulse el desarrollo sostenible del sector energético en Colombia.