Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La Resolución 1499 de 2025 fue expedida el 20 de octubre de 2025 por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia, publicada en el Diario Oficial No. 53.280 el 21 de octubre de 2025.
Tema principal y destinatarios
La resolución se centra en la prórroga y ajuste de las zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, declaradas inicialmente por la Resolución 1814 de 2015 y prorrogadas sucesivamente en años anteriores. Está dirigida a las Corporaciones Autónomas Regionales, la Agencia Nacional de Minería, entidades territoriales y comunidades involucradas en la gestión ambiental y minera de estas áreas. Este público es clave para garantizar la conservación y manejo adecuado de ecosistemas estratégicos del país.
Objetivo y finalidad
El objetivo principal de esta resolución es prorrogar por dos años adicionales los efectos jurídicos de las zonas de protección ambiental, mientras continúan los procesos técnicos y sociales para la declaratoria definitiva de las áreas protegidas. Además, se ajustan los límites de algunos polígonos para reflejar avances en la ruta de declaratoria y responder a evaluaciones técnicas, socioeconómicas y ambientales.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución dispone:
- Prorrogar por dos años los efectos jurídicos de doce áreas protegidas, que suman aproximadamente 80.991,74 hectáreas con límites actualizados.
- Reducir el área de cinco polígonos en conjunto en más de 95.000 hectáreas, liberando territorios con alta transformación o usos incompatibles con la conservación.
- Aumentar el área de dos polígonos en conjunto en más de 140.000 hectáreas, incorporando ecosistemas de importancia ecológica y cultural.
- Confirmar la suspensión de otorgamiento de nuevas concesiones mineras en estas zonas mientras se mantenga la figura de protección.
- Reafirmar la coordinación técnica con la Agencia Nacional de Minería para identificar superposiciones con títulos mineros y evitar conflictos.
- Incluir como anexo integral la cartografía digital oficial con los límites definidos y actualizados en formato shapefile.
Base legal y antecedentes
Esta resolución se fundamenta en las facultades legales del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en particular el artículo 5° numerales 2, 5, 14, 19 y 24 de la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3570 de 2011 y normas previas relacionadas con la protección ambiental. Además, continúa el proceso de declaratoria establecido por la Resolución 1125 de 2015, que regula la ruta para la declaratoria definitiva de áreas protegidas públicas.
Los antecedentes incluyen varias prórrogas previas (Resoluciones 2157 de 2017, 1987 de 2018, 1675 de 2019, 1125 de 2021 y 1109 de 2023) y un trabajo conjunto con las Corporaciones Autónomas Regionales y la Agencia Nacional de Minería para analizar aspectos técnicos, territoriales y mineros.
Modificaciones y términos establecidos
La resolución modifica áreas de algunos polígonos, ajustando la superficie en función de estudios técnicos y sociales. Por ejemplo:
| Polígono |
Corporación |
Modificación |
Área ajustada (hectáreas) |
Observaciones |
| 47 - Cañón Río Lebrija |
CDMB |
Reducción |
1.857,53 |
No presenta superposición con títulos mineros |
| 49a y 49b - Microcuenca Río Tona |
CDMB |
Reducción y división en dos polígonos |
1.966,63 y 3.687,04 |
Áreas estratégicas para conservación hídrica |
| 51 - Andino Pacífica |
Corponariño |
Reducción |
11.750,48 |
Superposición con cinco títulos mineros vigentes |
| 3 - Relictos de Caoba de Juradó |
Codechocó |
Aumento |
124.751,71 |
Ampliación por importancia ecológica y cultural |
| 14 - Cerro Zamaricote |
Corporinoquia |
Aumento |
15.690,61 |
Incorpora superficies con antecedentes normativos |
Los efectos jurídicos prorrogados estarán vigentes por dos años a partir de la expedición de esta resolución. Durante este tiempo, se mantiene la suspensión del otorgamiento de nuevas concesiones mineras en estas zonas, conforme a la normativa vigente.
Impacto potencial
La prórroga y actualización de estas zonas de protección buscan consolidar la conservación de ecosistemas estratégicos, garantizar la provisión de servicios ecosistémicos esenciales y fomentar un desarrollo sostenible compatible con la protección ambiental. La coordinación interinstitucional y la aplicación del principio de precaución fortalecen la gestión territorial frente a actividades mineras y otros usos del suelo. Además, el proceso fomenta la participación de comunidades locales y actores institucionales para definir límites y estrategias de manejo ambiental.
Esta resolución representa un paso más en la implementación de políticas ambientales que contribuyen a la conservación de la biodiversidad, la regulación hídrica, la mitigación del cambio climático y la protección del patrimonio natural y cultural en Colombia, reafirmando el compromiso del país con el desarrollo sostenible y la protección de sus recursos naturales para las generaciones presentes y futuras.