Consejo de Estado rechaza recurso de apelación en acción popular contra Ministerio de Salud y entidad bancaria
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 11:54:0
Contexto y naturaleza de la providencia
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, emitió un auto el 14 de octubre de 2025, mediante el cual resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de un medio de control de protección de derechos e intereses colectivos. El proceso se originó por una acción popular presentada contra el Ministerio de Salud y Protección Social y un banco, con el fin de exigir la construcción de una unidad sanitaria pública accesible para personas en silla de ruedas y la aplicación de normas contra la discriminación.
Antecedentes procesales
La acción popular fue inicialmente presentada en el Tribunal Administrativo de Antioquia. En primera instancia, la Sala Primera de Decisión inadmitió la demanda por falta de subsanación, concediendo un término para corregirla. Al no cumplirse dicho requerimiento, el tribunal profirió un auto el 23 de mayo de 2025 rechazando la acción. Contra esta decisión, se interpuso un recurso de apelación por parte del demandante, alegando vulneración del acceso a la administración de justicia y solicitando la admisión de la acción popular.
Consideraciones jurídicas sobre la procedencia del recurso
El Consejo de Estado recordó que la Ley 472 de 1998 regula las acciones populares para proteger los derechos colectivos mediante un procedimiento especial y expedito. En este sentido, los recursos procedentes están limitados a garantizar la celeridad y efectividad de dichas acciones.
La normativa establece que contra los autos dictados durante el trámite procede, en general, el recurso de reposición, y que el recurso de apelación es procedente únicamente contra el auto que decreta medidas previas y contra...
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