Contexto y tribunal competente
El auto fue expedido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda – Subsección B, del Consejo de Estado, en su función de segunda instancia. La decisión se enmarca en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, y versa sobre la validación de la filiación al Sistema General de Pensiones.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda presentada para aclarar la situación de afiliación de una ciudadana al sistema pensional. La controversia gira en torno a la correcta inscripción y reconocimiento de los aportes y períodos de afiliación en diferentes regímenes y administradoras, así como sobre posibles solicitudes de traslado entre fondos pensionales.
Antes de dictar sentencia, el tribunal detectó la necesidad de profundizar en ciertos aspectos oscuros o difusos del caso para garantizar una decisión fundamentada y justa.
Consideraciones de la providencia
El auto se fundamenta en el inciso segundo del artículo 213 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que habilita a los jueces para decretar pruebas de oficio cuando resulte necesario para esclarecer hechos relevantes.
En consecuencia, la Sala ordenó la práctica de diversas diligencias probatorias dirigidas a:
- Solicitar al Ministerio de Salud, como administrador del Registro Único de Afiliación (RUAF), el certificado de afiliaciones al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensión y riesgos laborales) de la interesada.
- Requerir a la parte actora la entrega de copia íntegra y legible de un presunto escrito de retracto presentado ante una administradora privada de fondos de pensiones, junto con la respuesta emitida.
- Oficiar...