Consejo de Estado prescinde de audiencia inicial en proceso sobre registro de marca ante la SIC
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 12:5:26
Contexto y tribunal que profiere la decisión
La providencia fue emitida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en calidad de instancia de revisión de un proceso de medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. El auto interlocutorio se dictó en Bogotá, D.C., el 10 de octubre de 2025, y tiene como finalidad avanzar en la tramitación del litigio sin la realización de la audiencia inicial prevista en el artículo 180 del CPACA.
Antecedentes fácticos y procesales
El actor inició el proceso buscando la nulidad de dos resoluciones emitidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en las cuales se denegó parcialmente el registro como marca de un signo mixto para distinguir productos incluidos en la Clase 5ª de la Clasificación Internacional de Niza. Las resoluciones cuestionadas son la número 35398 de 2015 y la número 33234 de 2016, esta última relacionada con la resolución de un recurso de apelación.
Durante el trámite procesal, se solicitó la práctica de ciertas pruebas documentales mediante oficios a la SIC, con el fin de allegar expedientes administrativos relacionados. Sin embargo, el Consejo de Estado constató que dichos documentos ya obraban en el expediente o estaban disponibles a través del Sistema de Información de Propiedad Industrial (SIPI), accesible en virtud de un memorando de entendimiento suscrito entre la jurisdicción y la SIC.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El auto interlocutorio fundamenta su decisión en el artículo 182A del CPACA, incorporado por la Ley 2080 de 2021, que permite dictar sentencia anticipada y prescindir de la audiencia inicial cuando se trata de asuntos...
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