Consejo de Estado prescinde de audiencia inicial en proceso sobre nulidad de decreto militar
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 12:9:45
Contexto y tribunal competente
El auto interlocutorio fue proferido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en primera instancia, con sede en Bogotá D.C. La providencia responde a un medio de control de nulidad instaurado contra un decreto expedido por el Gobierno Nacional, conformado por el Presidente de la República y el Ministerio de Defensa Nacional.
Antecedentes del caso
El proceso tiene como objeto la nulidad del Decreto número 448 de abril de 2025, mediante el cual se ordenó la suspensión de operaciones militares ofensivas y especiales de la Policía Nacional en contra de integrantes de determinados grupos armados. La parte actora sostiene que dicho decreto desconoció diversas disposiciones constitucionales, entre ellas los artículos 1º, 2º, 93, 189 (numerales 4 y 11), 217 y 218 de la Constitución Política, argumentando infracción normativa y falsa motivación.
En el trámite procesal, se evidenció que la parte demandada, representada por el Ministerio de Defensa Nacional, contestó la demanda de manera oportuna pero no acompañó el poder general o especial correspondiente a su apoderado, por lo que se tuvo por no contestada la demanda para efectos procesales. Además, el Presidente de la República no se pronunció en el expediente.
Consideraciones de la providencia
El despacho judicial aplicó el artículo 182A del CPACA, adicionado por la Ley 2080 de 2021, que permite dictar sentencia anticipada y prescindir de la audiencia inicial cuando el caso sea de puro derecho y no requiera la práctica de pruebas orales, o cuando las pruebas presentadas sean únicamente documentales y no hayan sido objeto de tacha o desconocimiento.
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