Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, instancia máxima en la jurisdicción administrativa en Colombia. La decisión corresponde a un auto fechado el 17 de octubre de 2025, mediante el cual se resolvió sobre la admisión del recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia interpuesto por parte demandante contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia proferida el 5 de mayo de 2025.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una controversia jurídica entre un grupo de demandantes y el Municipio de Medellín. La sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo de Antioquia abordó aspectos relacionados con la responsabilidad administrativa y, en particular, la aplicación del eximente de responsabilidad por hecho exclusivo de la víctima. Insatisfechos con dicho fallo, los demandantes presentaron un recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia, con el fin de que el Consejo de Estado revisara y unificara los criterios jurisprudenciales aplicados.
El recurso alegaba que la sentencia impugnada desconocía varias decisiones previas del Consejo de Estado y solicitaba que se declararan contrarios ciertos criterios jurisprudenciales relacionados con la materia de responsabilidad.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado recordó que el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia está regulado en el artículo 262 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), el cual exige que el recurso contenga:
- La designación de las partes;
- La indicación precisa de la providencia impugnada;
- Una relación concreta, breve y sucinta de los hechos en litigio;
- La indicación explícita de la sentencia de unificación jurisprudencial que se...