Consejo de Estado confirma validez del concepto de la DIAN sobre IVA en intermediación de tiquetes de cruceros internacionales
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 12:26:13
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Consejo de Estado, mediante sentencia anticipada dictada el 10 de octubre de 2025, resolvió un proceso de nulidad contra un concepto emitido por la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN. La demanda cuestionaba el tratamiento del IVA aplicado a los servicios de intermediación que prestan agencias de viajes residentes en Colombia para la venta de paquetes turísticos de cruceros internacionales.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). El demandante solicitó la nulidad parcial del Concepto 0323, emitido el 23 de marzo de 2018, que interpretaba la aplicación del IVA en la venta de paquetes de cruceros internacionales y la intermediación que realizan agencias de viajes en Colombia. El concepto de la DIAN sostuvo que el hecho generador del impuesto exige que el servicio se preste en territorio nacional o desde el exterior, excluyendo del gravamen los servicios prestados en el extranjero, como es el caso del transporte marítimo internacional en aguas internacionales. No obstante, la intermediación realizada por agencias nacionales para la venta de estos paquetes sí genera IVA, al tratarse de servicios prestados en Colombia. El demandante alegó que la DIAN desconoció la posibilidad de que dichos servicios de intermediación constituyeran una exportación de servicios exenta de IVA conforme a la letra c) del artículo 481 del Estatuto Tributario (ET). Advirtió que la autoridad omitió la aplicación de precedentes jurisprudenciales que reconocen la...Más noticias sobre Derecho tributario
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