Consejo de Estado rechaza solicitud de coadyuvancia tardía en proceso electoral de Dirección Nacional de Bomberos
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 12:31:52
Contexto y tribunal competente
El auto fue proferido por la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, instancia encargada de conocer recursos en materia contencioso administrativa, en el marco de un medio de control de nulidad electoral. La providencia responde a una solicitud de coadyuvancia presentada en la etapa de alegatos de conclusión, cuando ya se había ordenado el trámite para dictar sentencia anticipada.Antecedentes procesales
El proceso se originó a raíz de una demanda de nulidad electoral interpuesta contra el nombramiento en el cargo de directora general de la Unidad Administrativa Especial de la Dirección Nacional de Bomberos. En providencia anterior, el magistrado ponente dispuso la negación de excepciones preliminares, revisó las pruebas y fijó el litigio para sentencia anticipada. Durante el traslado para la presentación de alegatos, un ciudadano solicitó intervenir como tercero coadyuvante, argumentando la necesidad de inaplicar el acto administrativo de ascenso que precedió al nombramiento cuestionado, buscando la nulidad electoral por supuesta falta de requisitos habilitantes.Consideraciones jurídicas de la providencia
El despacho rechazó de plano la solicitud de coadyuvancia por extemporánea, amparándose en el artículo 228 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que establece que la intervención de terceros coadyuvantes en procesos electorales debe presentarse antes de la audiencia inicial o durante el término de ejecutoria del auto que ordena el trámite de sentencia anticipada. En este caso, la solicitud fue radicada fuera de dicho plazo, lo que impone su rechazo conforme a la normativa y a la jurisprudencia del Consejo de Estado. Además, se señaló que el tema de los ascensos...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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