Consejo de Estado confirma rechazo de demanda por acto administrativo no susceptible de control judicial
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 12:56:0
Providencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, en segunda instancia, resolvió un recurso de apelación interpuesto contra un auto del Tribunal Administrativo de Córdoba que rechazó una demanda presentada contra una resolución emitida por un municipio. La demanda buscaba la nulidad y restablecimiento del derecho frente a una resolución que ordenó la depuración de acreencias relacionadas con actos administrativos anteriores. El Tribunal de primera instancia consideró que el acto administrativo no era susceptible de control judicial, razón por la cual rechazó la demanda. Este auto fue apelado y remitido a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado para su decisión definitiva.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por un grupo de personas, representadas legalmente, contra el Municipio de Ayapel, con el objetivo de anular la Resolución 337 de noviembre de 2019, donde se ordenó la depuración de ciertas acreencias reconocidas en actos administrativos anteriores y acuerdos de pago expedidos entre 2005 y 2006. Además, se solicitó el pago de diversas resoluciones que reconocían prestaciones sociales y otros derechos en favor de los demandantes, quienes se desempeñaron como docentes territoriales.
El Tribunal Administrativo de Córdoba, mediante auto del 9 de septiembre de 2022, rechazó la demanda, argumentando que la resolución cuestionada no era susceptible de control judicial por la jurisdicción contencioso-administrativa. La controversia, según el tribunal, era de naturaleza contractual en el marco de un Acuerdo de Reestructuración de Pasivos, y debía ser dirimida por la Superintendencia de Sociedades conforme al artículo 56 de la Ley 550 de 1999. En consecuencia,...
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