Consejo de Estado declara infundado impedimento de magistrados en demanda sobre prima especial de servicios
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 12:57:10
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia judicial objeto de este análisis corresponde a un auto proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección B, en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 2080 de 2021 para resolver impedimentos que afecten a tribunales administrativos. En este caso, se resolvió sobre la manifestación de impedimento de los magistrados del Tribunal Administrativo de Córdoba, quienes inicialmente se declararon impedidos para conocer una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda presentada contra la Nación, representada por la Fiscalía General, en la que se cuestiona la base para la reliquidación de prestaciones sociales, específicamente la inclusión del 30% correspondiente a la prima especial de servicios establecida en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992 como factor salarial. Tras la admisión del expediente, los magistrados del Tribunal Administrativo de Córdoba manifestaron estar impedidos para conocer el asunto, aduciendo un interés indirecto derivado de su régimen salarial, ya que la decisión podría afectar sus propias condiciones laborales.
El impedimento se sustentó en la causal prevista en el numeral 1º del artículo 141 del Código General del Proceso (CGP), que establece como causal de recusación el interés directo o indirecto en el proceso. La manifestación fue remitida al Consejo de Estado para resolver, dado que afecta a la totalidad del tribunal.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado llevó a cabo un análisis riguroso del régimen de impedimentos, recordando que su finalidad es preservar la imparcialidad y la...
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