Consejo de Estado confirma nulidad parcial y ordena pago de cuotas partes pensionales por UGPP como sucesora de CAJANAL
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 13:22:23
Tribunal y naturaleza de la providencia
La providencia corresponde a una sentencia de segunda instancia proferida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en Bogotá, el 16 de octubre de 2025. La decisión confirma el fallo emitido el 19 de septiembre de 2024 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Subsección B, que declaró la nulidad parcial de las resoluciones 2266 de 2012 y 2934 de 2013, expedidas por el liquidador de CAJANAL durante su proceso de liquidación.
Antecedentes fácticos y procesales
El Departamento demandante presentó una reclamación administrativa ante CAJANAL para el reconocimiento y pago de obligaciones derivadas de cuotas partes pensionales, contenidas en un acuerdo de compensación celebrado en 2007 entre las partes. Sin embargo, el liquidador de CAJANAL rechazó dicha reclamación mediante la resolución 2266 de diciembre de 2012 y confirmó esa decisión frente al recurso de reposición con la resolución 2934 de marzo de 2013.
Ante esta negativa, el departamento ejerció la acción de nulidad y restablecimiento del derecho prevista en el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), solicitando la nulidad de los actos administrativos y el pago de la suma reclamada por cuotas partes pensionales adeudadas.
Durante el proceso, la UGPP, en calidad de sucesora procesal de CAJANAL, se opuso a las pretensiones argumentando, entre otros aspectos, falta de legitimación en la causa por pasiva, indebida integración del contradictorio y prescripción de las obligaciones reclamadas.
Consideraciones de la Sala y razones de la decisión
El Consejo de Estado confirmó la sentencia de primera instancia tras...
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