Consejo de Estado confirma negativa de mandamiento de pago en proceso pensional contra Colpensiones
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 13:31:28
Contexto y tribunal competente
La providencia fue dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección B del Consejo de Estado, en segunda instancia, en el marco de un recurso de apelación interpuesto contra un auto proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección D. Este último negó el mandamiento ejecutivo de pago solicitado por el actor en un proceso relacionado con el reconocimiento y pago de una pensión de vejez en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso tiene como base una sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que declaró la nulidad de varias resoluciones administrativas que negaban el reconocimiento de la pensión de vejez al demandante, y ordenó a Colpensiones reconocer y pagar la pensión desde noviembre de 2010, actualizada conforme a índices de precios y con inclusión de factores salariales como asignación básica y bonificación por servicios prestados.
Posteriormente, en segunda instancia, esta decisión fue parcialmente modificada para aclarar los términos de liquidación de la pensión, confirmándose en lo demás. En cumplimiento de estas sentencias, Colpensiones reconoció y comenzó a pagar la pensión en enero de 2023, pero el demandante solicitó un mandamiento de pago por retroactivos y sus intereses moratorios.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante auto del 9 de mayo de 2024, negó la orden de pago argumentando que la liquidación realizada por la entidad era correcta y superior a la realizada por el área contable del tribunal, concluyendo que no existían diferencias pensionales ni intereses moratorios adeudados.
Consideraciones jurídicas y razones de la decisión
La Sala...
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