Consejo de Estado confirma rechazo de demanda por caducidad en caso de reparación directa contra Distrito de Santa Marta
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 13:35:56
Contexto y antecedentes del caso
El caso se originó con la presentación de una demanda el 31 de octubre de 2023 por parte de una sociedad comercial contra el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta. La demanda buscaba declarar la responsabilidad patrimonial y extracontractual del Distrito por los daños ocasionados como consecuencia de la expedición del Acuerdo número 11 de 16 de octubre de 2020, que modificó el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) 500 AÑOS para el período 2020-2032. La sociedad argumentó que este acto administrativo general impuso determinantes ambientales y culturales que afectaron el uso del inmueble donde pretendía desarrollar un proyecto de viviendas, generando pérdidas patrimoniales.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Magdalena rechazó la demanda mediante auto de 14 de febrero de 2024, notificado el 6 de marzo del mismo año, al considerar que había operado la caducidad del medio de control jurisdiccional de reparación directa. Esto se fundamentó en que el término para presentar la demanda, previsto en el artículo 164 de la Ley 1437 de 2011, es de dos años contados desde el día siguiente a la publicación del acto administrativo general, que fue el 28 de octubre de 2020. Por tanto, al presentarse la demanda en octubre de 2023, esta se consideró extemporánea.
El recurso de apelación y sus argumentos
La parte demandante interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación ante el mismo Tribunal, y posteriormente, este concedió el recurso de apelación para que fuera conocido por el Consejo de Estado. El recurrente sostuvo que el término de caducidad debía contarse desde el...
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