Consejo de Estado rechaza solicitud de nulidad en proceso electoral de diputado del Magdalena
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 13:37:18
Contexto y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en su Sección Quinta, resolvió un auto relacionado con un proceso de nulidad electoral que involucra a un diputado electo para el período 2024-2027 en la Asamblea Departamental del Magdalena. La providencia fue dictada por el magistrado ponente y corresponde a la segunda instancia en el trámite judicial.
Antecedentes del caso
El proceso se originó a partir de la confirmación, mediante sentencia del 18 de septiembre de 2025, de la anulación de la elección del diputado demandado, decisión adoptada por el Tribunal Administrativo del Magdalena. La causa principal fue la comprobación de doble militancia en la modalidad de apoyo, lo cual contraviene la legislación electoral vigente. Posteriormente, el diputado presentó una solicitud de aclaración, que fue negada el 2 de octubre de 2025, al no encontrar la Sala razones para modificar la sentencia inicial.
El diputado también solicitó adicionar la sentencia, reiterando los argumentos previamente expuestos, petición que fue rechazada por extemporánea. Finalmente, el 10 de octubre de 2025, alegó la nulidad del proceso con base en el artículo 133, numeral 3, del Código General del Proceso (CGP), argumentando que la Secretaría de la Sección Quinta emitió la constancia de ejecutoria sin resolver su solicitud de adición.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El Consejo de Estado rechazó de plano la solicitud de nulidad por improcedente. La causal invocada —nulidad del proceso por adelantarse después de la ocurrencia de causales legales de interrupción o suspensión, o por reanudación indebida— no se configuró en el presente proceso. La Sala constató que el...
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