Consejo de Estado declara infundado impedimento en proceso sobre bonificación judicial
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 13:47:38
Contexto y competencia de la providencia
La providencia fue proferida por la Subsección Segunda - Subsección B de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en Bogotá, el 19 de junio de 2025. Se trata de un auto que resuelve una manifestación de impedimento presentada por magistrados de un Tribunal Administrativo regional para conocer un proceso judicial en primera instancia.
El caso se originó con la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada contra la Rama Judicial, específicamente contra la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, por parte de un funcionario judicial que solicitó el reconocimiento de la bonificación judicial como factor salarial pleno, conforme al Decreto 383 de 2013.
Antecedentes y planteamiento del impedimento
El litigio se centra en la controversia sobre el carácter salarial de la bonificación judicial que el demandante reclama. En el curso del proceso, los magistrados del Tribunal Administrativo regional manifestaron impedimento para conocer del asunto, argumentando que existía una conexidad indirecta entre el tema discutido y reclamaciones previas que ellos mismos habían formulado acerca de la prima especial y su repercusión en materia prestacional.
El impedimento fue fundamentado en el numeral 1 del artículo 141 del Código General del Proceso (CGP), que establece como causal tener intereses directos o indirectos en el proceso, lo cual podría afectar la imparcialidad del juzgador. En este caso, se alegó que la discusión en torno a un emolumento de servidores de la Rama Judicial guardaba relación conceptual con las reclamaciones ya planteadas por esos magistrados.
Análisis jurídico y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia conforme...
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