Consejo de Estado declara infundado impedimento de magistrados en caso sobre bonificación judicial
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 13:52:52
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sección Segunda, Subsección B, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, instancia encargada de resolver los impedimentos presentados en los procesos administrativos cuando todo el tribunal de origen se encuentra impedido. El caso en cuestión corresponde a un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho en segunda instancia, en el que la demanda fue interpuesta contra la Nación – Rama Judicial, específicamente contra la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.Antecedentes fácticos y procesales
El expediente fue inicialmente remitido al Tribunal Administrativo del Tolima, cuyos magistrados manifestaron su impedimento para conocer del asunto mediante escrito fechado el 7 de septiembre de 2023. Los magistrados argumentaron que, debido a su régimen salarial y la posible repercusión de la decisión sobre prestaciones sociales similares a las que ellos perciben, existen intereses indirectos que podrían afectar su imparcialidad. El impedimento se fundamentó en el numeral 1º del artículo 141 del Código General del Proceso (CGP), que establece como causal de recusación el interés directo o indirecto en el proceso.Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado recordó que el régimen de impedimentos tiene como finalidad preservar la integridad moral y la imparcialidad del funcionario judicial, además de garantizar la transparencia en la administración de justicia. Sin embargo, al analizar el caso concreto, la Sala encontró que la manifestación de impedimento fue genérica y careció de elementos específicos que demostraran un interés actual y particular de los magistrados en el resultado del proceso. Se destacó que no se aportaron pruebas de que los magistrados estuvieran...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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