Consejo de Estado confirma nulidad parcial de liquidación de aportes de 2013 y modifica condena en costas en caso contra UGPP
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 14:19:16
Contexto y tribunal competente
La decisión fue adoptada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el ejercicio de la segunda instancia del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. El caso se originó tras la impugnación de una liquidación oficial emitida por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) contra la empresa demandante, relacionada con ajustes en los aportes al Sistema de Protección Social por el año 2013.Antecedentes fácticos y procesales
La UGPP profirió la Liquidación Oficial RDO-2016-00709 el 22 de agosto de 2016, en la que modificó las autoliquidaciones de aportes de la empresa demandante para el periodo de enero a diciembre de 2013, imponiendo además sanción por inexactitud. La entidad demandante interpuso recurso de reconsideración, el cual fue declarado extemporáneo y rechazado. Posteriormente, acudió al medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, alegando vicios en la liquidación, especialmente en la inclusión de pagos no constitutivos de salario en la base de cotización, y la aplicación incorrecta del artículo 30 de la Ley 1393 de 2010. El Tribunal Administrativo de Valle del Cauca, en primera instancia, accedió parcialmente a las pretensiones, declarando la nulidad parcial de la liquidación respecto a los ajustes por inexactitud derivados de la inclusión indebida de ciertos pagos no salariales en la base de cotización. Además, ordenó a la UGPP eliminar dichos ajustes y reliquidar la sanción impuesta, y condenó en costas a la entidad demandada.Consideraciones y fundamentos jurídicos
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