Consejo de Estado anula actos de cobro coactivo por notificación indebida en sanción administrativa del Ministerio de Trabajo
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 14:23:18
Contexto y tribunal competente
La providencia corresponde a una sentencia de segunda instancia proferida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en Bogotá D.C., el 10 de octubre de 2025. Se resolvió el recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, que inicialmente negó las pretensiones de nulidad y restablecimiento del derecho en un proceso relacionado con cobro coactivo adelantado por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó en una sanción pecuniaria impuesta por el Ministerio de Trabajo a un consorcio conformado por varios integrantes, en el marco de un proyecto de construcción en Villavicencio. La sanción se basó en la vulneración de normas laborales y de seguridad social. Posteriormente, el SENA asumió el procedimiento de cobro coactivo para exigir el pago de la multa y sus intereses, asignando la proporción correspondiente a cada miembro del consorcio. El demandante planteó como excepción la falta de ejecutoria del título ejecutivo, argumentando que la notificación de la resolución sancionatoria no se realizó conforme a los requisitos legales. Señaló que la notificación fue hecha en una dirección errónea y que no se agotaron otros medios eficaces para notificarlo, afectando sus derechos al debido proceso y defensa. Además, informó que solo tuvo conocimiento efectivo de la sanción cuando se le practicó un embargo en su cuenta bancaria años después. En primera instancia, el tribunal rechazó la demanda por considerar que la notificación se realizó correctamente al utilizar la dirección registrada en el expediente administrativo y que el mandamiento...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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