Consejo de Estado niega aclaración y adición de sentencia sobre exención de IVA en venta de aceite de soya
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 14:24:1
Providencia de aclaración y adición en segunda instancia
El Consejo de Estado, en calidad de segunda instancia, decidió sobre la solicitud de aclaración y adición de una sentencia emitida el 17 de julio de 2025 por la Sección Cuarta, que confirmó el fallo original del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca fechado el 11 de septiembre de 2024. La empresa demandante interpuso recurso de apelación contra la decisión de primera instancia, pero la Sección confirmó la negativa a sus pretensiones. Posteriormente, solicitó aclaración y adición de dicha sentencia, argumentando dudas sobre la motivación relacionada con la necesidad del aceite de soya para el objeto social de un tercero y la responsabilidad de este último en el ingreso de la mercancía a la Zona Franca.
Antecedentes procesales y fácticos
La controversia gira en torno a la aplicación de la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) prevista en el literal e) del artículo 481 del Estatuto Tributario, que condiciona la exención a que el bien vendido sea necesario para el objeto social del comprador y haya ingresado a la Zona Franca. En primera instancia, el Tribunal negó la demanda, decisión que fue confirmada en apelación. La demandante expresó que la sentencia no aclaró por qué el aceite de soya refinado no cumplía con los requisitos para la exención ni abordó la responsabilidad del tercero por el ingreso de la mercancía.
Consideraciones jurídicas del Consejo de Estado
El tribunal recordó que, conforme a los artículos 285 y 287 del Código General del Proceso, las sentencias no pueden ser modificadas una vez proferidas, pero sí pueden ser aclaradas...
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