Consejo de Estado Revoca Decisión y Rechaza Acción de Cumplimiento contra la Fiscalía General de la Nación por Incumplimiento del Requisito de Renuencia
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 14:28:45
Providencia Judicial y Competencia del Consejo de Estado
La Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado conoció y decidió la impugnación interpuesta contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. La providencia, dictada en calidad de sentencia de segunda instancia, revisó la procedencia de una acción de cumplimiento instaurada contra la Fiscalía General de la Nación.Antecedentes y Naturaleza del Caso
La acción de cumplimiento fue instaurada para exigir a la Fiscalía que cumpliera con la obligación legal prevista en el artículo 45 de la Ley 47 de 1993, que establece el dominio del idioma creole (lengua nativa del pueblo raizal en el Archipiélago) por parte de todos los funcionarios en contacto directo con el público. La demandante solicitó, entre otras pretensiones, que se ordenara implementar un mecanismo obligatorio de certificación del dominio del creole (SACOPT) y que se impidiera la vinculación de funcionarios que no acreditaran esta competencia lingüística. El Tribunal Administrativo de primera instancia declaró improcedente la acción argumentando que la exigencia del dominio del creole estaba supeditada al cumplimiento de un plazo de dos años establecido en la Ley 2471 de 2025 para que los servidores públicos adquirieran la competencia comunicativa. Por tanto, consideró que el deber aún no era exigible y, en consecuencia, la acción de cumplimiento no procedía.Consideraciones Jurídicas Fundamentales
La Sala Quinta del Consejo de Estado analizó la naturaleza de la acción de cumplimiento, que tiene su fundamento en el artículo 87 de la Constitución Política y está reglamentada por la Ley 393 de 1997. Este mecanismo...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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