Consejo de Estado admite demanda y niega suspensión provisional sobre elección del director general de CORMACARENA
Proviene de: Sentencias
24 de octubre de 2025 15:8:59
Contexto y competencia judicial
La providencia fue emitida por la Sección Quinta del Consejo de Estado en única instancia, competente para conocer de nulidades electorales relacionadas con actos expedidos por consejos directivos de entes autónomos del orden nacional. La decisión analiza la demanda presentada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible contra la elección del director general de CORMACARENA contenida en un Acuerdo del Consejo Directivo de dicha entidad.
Antecedentes del caso
El proceso se originó tras la elección del director general de CORMACARENA para el periodo 2024-2027. En septiembre de 2024, el Consejo de Estado ya había declarado la nulidad del acto de elección inicial por la configuración de causal de nulidad electoral.
En cumplimiento de la sentencia, el Consejo Directivo reinició el proceso, enfrentando diversas recusaciones contra sus miembros, lo que generó suspensiones y debates sobre la validez del quórum en las sesiones decisorias. El Ministerio de Ambiente alegó que en las sesiones extraordinarias realizadas en julio de 2025 se resolvieron recusaciones fuera del orden del día y sin la debida convocatoria formal, violando los estatutos y principios constitucionales de legalidad, transparencia y debido proceso.
Además, se cuestionó la participación de varios miembros del Consejo Directivo que se encontraban recusados, lo que habría afectado el quórum deliberatorio y decisorio requerido para la validez de la elección, conforme al artículo 35 de los estatutos de CORMACARENA.
Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado revisó los requisitos formales para la admisión de la demanda y encontró que se cumplían los términos de oportunidad, individualización de pretensiones y anexos exigidos por la ley. Por lo tanto,...
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