Consejo de Estado admite demanda de nulidad electoral contra designación en Cormacarena y niega suspensión provisional
Proviene de: Sentencias
24 de octubre de 2025 15:9:35
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en única instancia, en ejercicio del control de nulidad electoral previsto en el artículo 139 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Esta jurisdicción es competente para conocer y decidir sobre la nulidad de actos de elección y nombramiento en entes autónomos del orden nacional, como es el caso de Cormacarena.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta contra e ...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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