Consejo de Estado revoca sentencia y confirma nulidad de reintegro tras declaratoria de insubsistencia por inhabilidad sobreviniente en empleo de libre nombramiento y remoción
Proviene de: Sentencias
24 de octubre de 2025 15:14:17
Contexto y antecedentes del caso
El Consejo de Estado conoció el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia que había accedido parcialmente a una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por un exdirector regional del SENA en Boyacá. Este funcionario fue declarado insubsistente en su nombramiento mediante acto administrativo por inhabilidad sobreviniente relacionada con un fallo de responsabilidad fiscal. La demanda solicitaba, entre otros, el reintegro al cargo, el pago de salarios dejados de percibir, y una indemnización por daños morales y materiales.
El proceso se originó luego de que el director regional fue removido en ejercicio de la facultad discrecional del nominador al constatarse la existencia de una inhabilidad sobreviniente, amparada en la Ley 190 de 1995 y la Ley 734 de 2002, debido a la declaratoria ejecutoriada de responsabilidad fiscal emitida por la Contraloría General de la República. La entidad demandada defendió la legalidad del acto y sostuvo que la naturaleza del cargo es de libre nombramiento y remoción, por lo cual el retiro puede efectuarse sin motivación y sin procedimiento especial, limitándose a una manifestación unilateral del nominador.
Consideraciones jurídicas y marco normativo
El fallo del Consejo de Estado analiza en detalle la naturaleza jurídica de los empleos públicos, distinguiendo entre empleos de carrera, de libre nombramiento y remoción, de período y temporales. El cargo de director regional del SENA se clasifica como un empleo de libre nombramiento y remoción, que demanda un alto nivel de confianza y facultad discrecional para su designación y retiro.
Se subraya que, aunque el retiro en estos cargos puede ser inmotivado,...
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