Corte Suprema de Justicia rechaza solicitud de exequátur sobre sentencia extranjera de divorcio
Proviene de: Sentencias
24 de octubre de 2025 15:20:3
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial en cuestión corresponde a un auto emitido por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, la máxima instancia judicial en Colombia para asuntos civiles y agrarios. El caso se originó a partir de una solicitud de exequátur presentada para homologar una sentencia de divorcio dictada en el extranjero, específicamente, en el Estado de Nueva York, Estados Unidos.
Antecedentes fácticos y procesales
El solicitante presentó una petición para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio emitida en 2008 por una corte extranjera. Inicialmente, el tribunal inadmitió la solicitud por presentar defectos procesales, concediendo un plazo legal de cinco días para que se subsanaran dichas deficiencias. Este término se notificó formalmente y comenzó a correr desde la fecha siguiente a su notificación.
Sin embargo, al vencimiento del plazo otorgado, no se recibió respuesta ni corrección alguna por parte del solicitante. Este incumplimiento fue registrado en el informe secretarial correspondiente, evidenciando la falta de cumplimiento con el requerimiento judicial.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
La Corte Suprema de Justicia aplicó rigurosamente los artículos 90 y 607 del Código General del Proceso, que establecen los requisitos para la admisión de demandas y las consecuencias de no subsanar defectos procesales. Estos preceptos jurídicos facultan al tribunal a rechazar una solicitud cuando el interesado no cumple con corregir las observaciones señaladas en el término concedido.
Dado que el solicitante no corrigió los defectos advertidos en la inadmisión inicial, la Sala determinó la imposibilidad de continuar con la homologación de la sentencia extranjera. En consecuencia, se resolvió...
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