Corte Suprema de Justicia ordena anonimización de información en proceso de tutela tras extinción de pena
Proviene de: Sentencias
24 de octubre de 2025 15:49:30
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia objeto de análisis corresponde a un auto proferido por la Sala de Decisión de Tutelas Nº 3 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. En esta instancia, se resolvió una solicitud de «Ocultamiento de Proceso» presentada en relación con una acción de tutela tramitada en primera instancia y que fue negada en sentencia del 19 de mayo de 2015. La decisión se adoptó en Bogotá, D.C., el 6 de agosto de 2025.Antecedentes fácticos y procesales
El solicitante fue condenado en marzo de 2014 por el Juzgado 8º Penal del Circuito Especializado de Bogotá a una pena de 132 meses de prisión por delitos como secuestro simple, hurto calificado y agravado, y concierto para delinquir. La apelación interpuesta fue declarada desierta y la reposición fue resuelta desfavorablemente por el Tribunal Superior de Bogotá. En mayo de 2015, la Sala de Casación Penal negó la acción de tutela que buscaba la protección de derechos fundamentales relacionados con el debido proceso y acceso a la justicia. Posteriormente, en febrero de 2022, el Juzgado 3º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá declaró extinguida la pena por cumplimiento, ordenando la liberación definitiva del condenado. Con base en esta situación, el solicitante requirió en julio de 2025 el ocultamiento o anonimización de la información pública relacionada con el proceso judicial y la acción de tutela, argumentando la extinción de la pena y la consiguiente protección de su intimidad.Consideraciones jurídicas de la Sala
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