Corte Suprema de Justicia confirma caducidad en impugnación de actos de asamblea por ineficacia de decisiones sociales
Proviene de: Sentencias
24 de octubre de 2025 22:35:42
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial fue emitida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia de revisión constitucional, con radicación número 11001-02-03-000-2025-01347-00. El proceso se originó a partir de una acción de tutela promovida contra la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, y extensiva a autoridades, partes e intervinientes en el proceso ordinario relacionado con la impugnación de decisiones de asamblea de una sociedad comercial. Los accionantes solicitaron dejar sin efectos la sentencia de segunda instancia, que confirmó la caducidad de la impugnación relacionada con el reconocimiento de presupuestos de ineficacia de ciertas actas de asamblea general de accionistas. Alegaron insuficiente motivación por parte del Tribunal al no justificar el apartamiento del precedente jurisprudencial y de los oficios emitidos por la Superintendencia de Sociedades, que contemplan un término residual de prescripción de cinco años para temas societarios, conforme al artículo 235 de la Ley 222 de 1995.Análisis jurídico y consideraciones del Tribunal
La Sala recordó que la ineficacia de pleno derecho de los actos o decisiones sociales implica que estos carecen de efectos desde su origen por disposición legal, sin necesidad de declaración judicial. Sin embargo, en la práctica puede surgir falta de consenso o incertidumbre sobre el acaecimiento de los hechos que generan dicha ineficacia, por lo que es procedente acudir a la vía judicial para su reconocimiento. El Tribunal precisó que el proceso para perseguir pretensiones relacionadas con la nulidad, ineficacia o inoponibilidad de actos de asamblea es el de impugnación de actos de asamblea,...Más noticias sobre Derecho Comercial
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