Consejo de Estado rechaza recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia interpuesto por la Unidad Nacional de Protección
Proviene de: Sentencias
28 de octubre de 2025 15:10:1
Contexto y antecedentes procesales
El auto fue dictado por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en calidad de instancia superior, y resuelve un recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia interpuesto por la Unidad Nacional de Protección (UNP). La providencia se relaciona con un proceso de reparación directa iniciado en noviembre de 2018, en el que se demandó patrimonialmente a la Nación y a varias entidades públicas, incluida la UNP, por el asesinato de un dirigente político nacional.
El Juzgado Administrativo de Circuito de Bogotá accedió parcialmente a las pretensiones, reconociendo que el Estado incurrió en incumplimiento de su deber especial de protección al no adoptar medidas efectivas para salvaguardar la vida del dirigente político. Posteriormente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la responsabilidad del Estado y condenó a las entidades demandadas a reparar los perjuicios acreditados.
La UNP interpuso recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia contra dicha sentencia, argumentando que el tribunal inferior desconoció precedentes judiciales que establecen reglas sobre la caducidad de las pretensiones indemnizatorias en casos de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra. En particular, sostuvo que la demanda fue presentada fuera de término, dado que el asesinato ocurrió décadas atrás y la acción judicial se ejerció muchos años después.
Consideraciones jurídicas del Consejo de Estado
El despacho ponente abordó el análisis en cuatro aspectos fundamentales: competencia, legitimación, oportunidad y procedencia del recurso.
En cuanto a la competencia, se confirmó que la Sección Tercera del Consejo de Estado es el órgano competente para conocer y decidir sobre recursos extraordinarios de unificación de jurisprudencia en...
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