Consejo de Estado admite demanda de nulidad electoral contra elección de magistrado de la Corte Constitucional
Proviene de: Sentencias
28 de octubre de 2025 22:6:30
Contexto y competencia del tribunal
El Consejo de Estado, máximo órgano de lo contencioso administrativo en Colombia, a través de su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, es competente para conocer en única instancia de los procesos de nulidad electoral relacionados con actos expedidos por el Congreso de la República y sus órganos. En esta ocasión, la magistrada ponente decidió sobre la admisión de una demanda presentada contra la elección de un magistrado de la Corte Constitucional realizada por el Senado de la República.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se origina con la presentación de una demanda de nulidad electoral contra el acto mediante el cual el Senado de la República eligió a un magistrado para integrar la Corte Constitucional. La parte demandante argumenta que el elegido no cumple con los requisitos constitucionales para el cargo, específicamente en cuanto a la experiencia requerida para ser magistrado. Además, cuestiona la conformación de la terna previa a la elección, señalando posibles conflictos de intereses debido a la participación de magistrados de la Corte Suprema de Justicia vinculados familiarmente con el magistrado electo. Se alega, también, que la elección vulnera la cuota de género establecida en la Ley 581 de 2000, dado que con este nombramiento se rompe la paridad de género en la Corte Constitucional. El demandante fundamenta sus argumentos en violaciones a los artículos 126, 232 y 275 de la Constitución Política, así como en los artículos 139 y 275 de la Ley 1437 de 2011, y en precedentes jurisprudenciales del Consejo de Estado que han declarado la nulidad de actos similares por...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias