Consejo de Estado analiza solicitud de medida cautelar en demanda de nulidad electoral contra designación en Corporación Autónoma Regional de Santander
Proviene de: Sentencias
28 de octubre de 2025 22:7:5
Contexto y competencia del tribunal
La Sección Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado es competente para conocer en única instancia de los procesos de nulidad electoral que involucran actos expedidos por los consejos directivos de entidades autónomas del orden nacional, como es el caso de la Corporación Autónoma Regional de Santander. La demanda fue presentada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, quien a través de su apoderado judicial cuestiona la legalidad del acto administrativo mediante el cual se designó a la Directora General de la mencionada Corporación para el periodo institucional restante 2024-2027.Antecedentes fácticos y procesales
El Ministerio demandante solicitó la nulidad del Acuerdo 136 de agosto de 2025, argumentando que la designación de la Directora General se realizó con violaciones al debido proceso, a la buena fe, a la participación, transparencia y publicidad, además de adolecer de vicios como la infracción de normas estatutarias específicas y la falta de competencia. Se invocaron en particular los artículos 48, 49, 50, 56, 101, 105 y 109 del Acuerdo 011 de 2024, y el Acuerdo 073 de 2023 que regula el procedimiento interno para la elección del Director General. La demanda también pidió que se declarara la inaplicabilidad del artículo 56 del Acuerdo 011 de 2024 por considerarlo inconstitucional y contrario al principio de legalidad y demás principios constitucionales y legales aplicables. Adicionalmente, el Ministerio solicitó la adopción de una medida cautelar de urgencia para suspender inmediatamente los efectos del acto administrativo impugnado, a fin de evitar perjuicios irremediables que pudieran afectar la legitimidad institucional y la coherencia de las...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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