Consejo de Estado revoca condena por reparación directa en caso de posesión tardía en circunscripción especial afrodescendiente
Proviene de: Sentencias
28 de octubre de 2025 22:24:33
Providencia judicial y contexto del caso
La Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Tercera – Subsección B del Consejo de Estado, en segunda instancia, conoció el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que declaró la responsabilidad patrimonial extracontractual de la Nación – Ministerio del Interior, el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil. La demanda de reparación directa fue presentada por una representante a la Cámara por la circunscripción especial de afrodescendientes, quien alegó perjuicios derivados de su posesión tardía para el periodo 2014-2018.
Los hechos relevantes indican que la demandante se inscribió como candidata con aval de un consejo comunitario reconocido legalmente, mientras que otro candidato fue avalado por una organización de base no reconocida para dicho fin. La elección de este último fue anulada por la Sección Quinta del Consejo de Estado debido al incumplimiento de requisitos legales para la representación de comunidades afrodescendientes, lo que motivó que la demandante asumiera el cargo con retraso, casi tres años después del inicio del periodo legislativo.
Consideraciones jurídicas y análisis de la Sala
El Consejo de Estado analizó inicialmente la procedencia del medio de control judicial de reparación directa para reclamar indemnización por daños derivados de actos administrativos electorales anulados. En este sentido, señaló que la reparación directa es viable cuando se ha declarado previamente la nulidad electoral y se busca resarcir perjuicios causados durante la vigencia del acto declarado ilegal.
Respecto al daño alegado, la Sala concluyó que no se probó la existencia de un daño indemnizable, pues la nulidad electoral fue declarada con...
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