Consejo de Estado confirma nulidad de sanciones ambientales por vulneración del debido proceso en procedimiento sancionatorio de Corpamag
Proviene de: Sentencias
28 de octubre de 2025 22:35:21
Contexto y tribunal competente
La decisión fue proferida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en ejercicio de la segunda instancia, en el marco de un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Magdalena.
Antecedentes fácticos y procesales
La empresa demandante, encargada del servicio público de acueducto y alcantarillado en Santa Marta y que se encontraba en proceso de liquidación, fue sancionada por Corpamag mediante varias resoluciones administrativas que impusieron multas por montos superiores a los dos mil cuatrocientos millones de pesos. Las sanciones se fundamentaron en presuntos vertimientos ilegales de aguas residuales en los ríos Manzanares y Gaira, así como en intervenciones no autorizadas en el cauce del río Gaira.
Corpamag abrió investigaciones en 2015 y formuló cargos en 2016, tras lo cual se impusieron las sanciones en abril de 2017. La empresa presentó recursos de reposición, que fueron negados en diciembre de 2017, confirmando las multas.
Inconforme, la empresa interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, alegando, entre otros aspectos, la vulneración del derecho de defensa y del debido proceso por la omisión de etapas procesales esenciales en el procedimiento sancionatorio ambiental, la falta de motivación adecuada y la ausencia de pruebas técnicas concluyentes que demostraran la infracción.
Consideraciones de la providencia
El Tribunal Administrativo del Magdalena declaró la nulidad de los actos sancionatorios al encontrar que Corpamag no otorgó a la empresa demandante el término para presentar alegatos de conclusión, vulnerando así el derecho al debido proceso. Además, el tribunal evaluó que la motivación técnica de las sanciones carecía de respaldo...
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