Consejo de Estado niega revisión eventual de sentencia sobre obras en puentes peatonales en concesión vial del Meta
Proviene de: Sentencias
28 de octubre de 2025 22:36:52
Contexto y antecedentes del caso
El caso se originó en una acción popular presentada en 2010 contra el municipio de Acacías (Meta), el Instituto Nacional de Vías (INVIAS), la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y la Concesión Vial de Los Llanos S.A.S., en la que se alegaba la vulneración de derechos colectivos relacionados con el uso del espacio público, la seguridad, salubridad y prevención de desastres. El demandante solicitó la construcción de puentes peatonales en la carretera que conecta Acacías con Villavicencio y Granada, debido a que los puentes vehiculares existentes no eran aptos para el tránsito de peatones.
En primera instancia, el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Villavicencio ordenó al INVIAS realizar estudios técnicos para modificar varios puentes ubicados sobre los ríos Acacías, Sardinata, Acaciitas, Orotoy y el Caño Cola de Pato con el fin de proteger la vida de los peatones, conforme a normas técnicas vigentes. No obstante, INVIAS apeló, alegando que desde 2015 la ANI había entregado la concesión vial para explotación y mantenimiento a la Concesión Vial de Los Llanos S.A.S., que debería ser la responsable de cumplir con las órdenes judiciales.
El Tribunal Administrativo del Meta, en sentencia del 3 de agosto de 2023, confirmó parcialmente la decisión de primera instancia, pero modificó los destinatarios de las órdenes judiciales y declaró responsable a la concesionaria por realizar los estudios técnicos y adecuaciones necesarias en un plazo de seis meses. Además, estableció un plazo adicional para que INVIAS realice las obras de adecuación.
Solicitud de revisión eventual ante el Consejo de Estado
La concesionaria interpuso una solicitud de revisión eventual...
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