Consejo de Estado modifica sentencia y condena a la Policía Nacional por daños a habitantes del barrio Ospina Pérez tras atentado con explosivo
Proviene de: Sentencias
28 de octubre de 2025 22:40:49
Antecedentes del caso y competencia judicial
La providencia es emanada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado, en Bogotá, Colombia. Se trata de una sentencia de apelación contra el fallo de primera instancia emitido por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander el 25 de abril de 2024, que había accedido parcialmente a las pretensiones de una acción de grupo instaurada conforme a la Ley 1437 de 2011 y la Ley 472 de 1998. El proceso se inició por la demanda presentada en marzo de 2015 por habitantes del barrio Ospina Pérez, quienes reclamaron la reparación integral de perjuicios causados por la detonación de un artefacto explosivo dirigido contra la estación de Policía del sector, ocurrida la noche del 26 de noviembre de 2014. El atentado provocó daños en una veintena de viviendas y bienes muebles, así como lesiones físicas y afectaciones morales a los residentes.Consideraciones y análisis jurídico
El Consejo de Estado confirmó la responsabilidad patrimonial del Estado a título de riesgo excepcional. Este concepto implica que, cuando un daño es causado por actos violentos dirigidos contra elementos representativos del Estado —como en este caso la estación policial— y afecta a terceros civiles, la administración puede ser responsable si se demuestra que el riesgo creado excedió las cargas normales que deben soportar los particulares. El tribunal descartó la alegación de hecho de un tercero esgrimida por la Policía Nacional, pues el ataque fue dirigido contra la estación y se pudo prever, dada la situación de orden público en la región y las operaciones policiales contra...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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