Contexto y entidad emisora
La Resolución 298 de 2025 fue expedida el 31 de octubre de 2025 por la Contaduría General de la Nación (CGN), autoridad responsable de supervisar y consolidar la información contable pública en Colombia. Esta decisión responde a solicitudes de prórroga presentadas por diversas entidades públicas y empresas sujetas al Régimen de Contabilidad Pública (RCP), que enfrentaron problemas informáticos, operativos y administrativos para cumplir con el plazo inicialmente establecido para el reporte de información financiera.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema principal de la resolución es la prórroga del plazo para la presentación de la categoría denominada Información Contable Pública - Convergencia (ICPC) correspondiente al tercer trimestre de 2025 (julio-septiembre). El reporte debe realizarse a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública (CHIP).
El destinatario principal de la norma son las entidades de gobierno y empresas públicas sujetas al RCP, que deben reportar su información financiera para consolidar las cuentas públicas nacionales. Estas entidades son relevantes porque su reporte oportuno y confiable es fundamental para la transparencia y estabilidad del sistema contable público colombiano.
Objetivo y fundamentos legales
El propósito de la resolución es garantizar la calidad y confiabilidad de la información contable pública que se reporta a la CGN, asegurando que las entidades puedan cumplir con esta obligación pese a las dificultades técnicas y administrativas identificadas. Para ello, se extiende el plazo inicialmente establecido en el artículo 11 de la Resolución 138 de 2025.
La base legal de esta decisión se encuentra en las atribuciones conferidas a la CGN por la Constitución y la Ley 298 de 1996, así como en decretos y resoluciones relacionadas con el régimen contable público, incluyendo las Resoluciones 139 de 2015, 533 de 2015, 037 y 461 de 2017, que definen los marcos normativos para las distintas entidades sujetas al RCP.
Decisiones principales y alcance
La resolución contiene las siguientes disposiciones clave:
- Prórroga del plazo para la presentación de la Información Contable Pública - Convergencia (ICPC) del periodo julio-septiembre de 2025, dirigida a entidades de gobierno y empresas sujetas al régimen.
- El reporte se debe realizar obligatoriamente a través del sistema CHIP, garantizando la centralización y homologación de la información.
- La resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga cualquier disposición contraria.
Esta medida se justifica en la materialidad e impacto que la información tiene en el Balance General Consolidado de la Nación, y en la necesidad de mantener la estabilidad y confianza en el sistema contable público. Además, se enmarca en el parágrafo 2° del artículo 11 de la Resolución 138 de 2025, que permite otorgar prórrogas cuando existan condiciones de materialidad o contingencias demostradas.
Impacto potencial
La prórroga busca facilitar a las entidades públicas y empresas el cumplimiento de sus obligaciones de reporte contable, evitando que problemas técnicos o administrativos afecten la calidad, oportunidad y confiabilidad de la información financiera consolidada a nivel nacional. Con ello, se contribuye a la transparencia fiscal y a la adecuada toma de decisiones en la administración pública y el control social.
En suma, la Resolución 298 de 2025 representa una medida temporal y excepcional para preservar la integridad del sistema contable público ante circunstancias adversas, reafirmando el compromiso de la Contaduría General de la Nación con la calidad y estabilidad de la información financiera pública en Colombia.