Tribunal Administrativo de Cundinamarca revoca rechazo por caducidad en demanda contra ADRES
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 10:56:26
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección C, es la autoridad que resolvió el recurso de apelación interpuesto contra una providencia del Juzgado 608 Administrativo Transitorio de Bogotá. Esta última instancia había rechazado una demanda presentada por una Entidad Promotora de Salud (EPS) contra ADRES, relacionada con la nulidad del acto administrativo que comunicó el resultado de una auditoría integral sobre recobros por prestaciones no incluidas en el Plan de Beneficios en Salud.Antecedentes fácticos y procesales
La EPS demandante presentó su acción el 8 de mayo de 2024 contra un acto administrativo emitido el 3 de octubre de 2022 y notificado el 27 de octubre del mismo año, el cual contenía la comunicación del resultado de auditoría integral relativa a recobros por valor aproximado de $496.120. Inicialmente, el proceso fue asignado al Juzgado Primero Administrativo de Bogotá, que ordenó la remisión a los Juzgados Transitorios Administrativos, quedando finalmente en manos del Juzgado 608. El Juzgado 608 rechazó la demanda por considerar que fue presentada fuera del término legal de caducidad, establecido en cuatro meses para este medio de control judicial, ya que la demanda fue interpuesta después del 6 de mayo de 2024, fecha límite calculada por la entidad judicial.Consideraciones jurídicas relevantes
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca analizó la figura jurídica de la caducidad, que implica la extinción del derecho a demandar por no ejercerse dentro del plazo legal establecido. Se destacó que la caducidad protege la estabilidad jurídica y el interés general, pero debe aplicarse con precisión considerando todos sus elementos: existencia del derecho de acción, plazo para...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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