Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación bajo nueva normativa procesal
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 11:5:13
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda - Subsección “F”, instancia encargada de resolver recursos de apelación en materia administrativa. El presente auto, fechado el 27 de octubre de 2025, analiza la admisión de un recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho contra una entidad administrativa especial del sector aeronáutico.Antecedentes fácticos y procesales
El caso inicialmente fue conocido por el Juzgado Veinte Administrativo del Circuito de Bogotá, que emitió sentencia de primera instancia el 20 de junio de 2025, la cual fue notificada a las partes el 24 de junio del mismo año mediante correo electrónico, conforme a lo previsto en el artículo 205 de la Ley 1437 de 2011, que regula la notificación electrónica y establece que los términos se cuentan desde el segundo día hábil siguiente al envío. Posteriormente, la parte demandada interpuso recurso de apelación el 8 de julio de 2025, dentro del término legal, en contra de dicha sentencia. La apelación fue concedida por el juzgado de primera instancia el 28 de julio de 2025.Fundamentos de la decisión
El Tribunal resaltó que la Ley 2080 de 2021 reformó el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), estableciendo en su artículo 86 un régimen de vigencia y transición normativa. Según este artículo, los recursos interpuestos después de la entrada en vigencia de la Ley 2080 se rigen por las disposiciones vigentes al momento de su interposición. Dado que el recurso de apelación se presentó después de la...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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