Tribunal Administrativo de Cundinamarca modifica liquidación de crédito en proceso ejecutivo laboral contra UGPP
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 11:11:23
Contexto y antecedentes del caso
El proceso judicial se inició con una demanda ejecutiva interpuesta por un trabajador contra la UGPP, con el objetivo de obtener un mandamiento de pago por diferencias en sumas descontadas por aportes al sistema de pensiones. La acción se fundamentó en sentencias previas que ordenaron la reliquidación de la pensión de vejez del demandante, incluyendo efectos fiscales y descuentos por aportes realizados en exceso. El Juzgado Veintisiete Administrativo del Circuito de Bogotá libró mandamiento ejecutivo y fijó un monto inicial para el pago, que incluyó capital y los intereses moratorios causados desde la ejecutoria de la sentencia. Posteriormente, el juzgado ordenó continuar con la ejecución y requirió presentar la liquidación del crédito. La entidad demandada apeló la decisión, pero el juez de primera instancia rechazó el recurso por improcedente. El 16 de junio de 2023, el Juzgado de primera instancia improbo la liquidación del crédito presentada, señalando que no se habían actualizado correctamente los intereses moratorios y que no se había tenido en cuenta la prescripción trienal de los aportes al sistema de pensiones, conforme a la sentencia inicial. Por ello, fijó el monto de la liquidación en un valor superior al inicialmente reconocido.Impugnación y apelación
Inconforme con esta decisión, la entidad ejecutada interpuso recurso de apelación contra el auto que fijó la liquidación del crédito, argumentando que el título base de ejecución no definió de forma clara la forma de liquidar los valores y que la modificación realizada por el juzgado excedía sus competencias. Además, presentó cálculos alternativos de los aportes descontados y los intereses moratorios aplicados, señalando...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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