Tribunal Administrativo de Cundinamarca revoca rechazo por caducidad en demanda de reparación directa por violencia sexual contra menor en Centro Amar Corabastos
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 11:24:35
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala Tercera, Subsección B del Tribunal Administrativo de Cundinamarca conoció y resolvió el recurso de apelación interpuesto contra el auto del Juzgado Treinta y Seis Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, de fecha 3 de junio de 2025, mediante el cual se rechazó por caducidad una demanda de reparación directa. La demanda fue presentada en ejercicio de la acción de reparación directa prevista en la Ley 2080 de 2021 y la Ley 1437 de 2011, en contra de la Secretaría Distrital de Integración Social – Centro Amar Corabastos, por hechos de violencia sexual sufridos por un menor de edad bajo cuidado institucional.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por la representante legal del menor víctima y sus familiares, en contra de la entidad pública que administraba el Centro Amar Corabastos, donde ocurrieron los hechos entre 2014 y 2015. Se alegó que un adolescente, también menor de edad, cometió actos de acceso carnal violento contra el menor víctima dentro de las instalaciones del centro, hecho ocurrido bajo la custodia y supervisión del personal de la Secretaría de Integración Social. La madre del menor denunció inicialmente los hechos en 2018, tras lo cual se adelantó un proceso penal que culminó con la condena del agresor en febrero de 2023. Posteriormente, en 2025, se presentó la demanda de reparación directa, que fue rechazada por caducidad debido a que el juzgado consideró que el término para demandar debía contarse desde la fecha de conocimiento inicial del daño (2018) y no desde la sentencia condenatoria (2023).Consideraciones jurídicas y razones de...
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias