Tribunal Administrativo de Cundinamarca emite auto sobre cumplimiento de orden ambiental en Quipile
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 11:44:33
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B, profirió un auto en el marco de un incidente de desacato (Nro. 138) dentro de una acción popular relacionada con la gestión ambiental del Municipio de Quipile. El auto tiene como finalidad verificar el cumplimiento de órdenes judiciales previas relativas a la adecuación ambiental y de gestión de riesgos del EOT de Quipile conforme al POMCA.
Antecedentes fácticos y procesales
La sentencia de 28 de marzo de 2014 ordenó a los entes territoriales modificar y actualizar sus planes de ordenamiento territorial para incorporar los lineamientos del POMCA, incluyendo gestión ambiental y de riesgos. En particular, la orden 4.18 exige concertación ambiental para el EOT de Quipile.
Ante la falta de cumplimiento, el Tribunal ha adelantado múltiples incidentes de desacato, siendo el incidente 138 el más reciente. El 10 de abril de 2024 se realizó una inspección judicial en el Municipio, donde se detectó una posible falla geológica que afecta la seguridad y bienestar de la población.
Posteriormente, diversas entidades públicas fueron vinculadas al trámite incidental para adelantar estudios y acciones de gestión del riesgo, incluyendo la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), el Ministerio de Vivienda, el Servicio Geológico Colombiano (SGC), la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), el Departamento Nacional de Planeación (DNP), entre otras.
El 12 de febrero de 2025, el Tribunal ordenó a la CAR expedir acto administrativo para suspender la etapa de concertación ambiental del EOT de Quipile, permitiendo así al municipio realizar estudios básicos de riesgo y atender observaciones técnicas.
Consideraciones y fundamentos de la decisión
El auto analiza los informes presentados por las entidades involucradas sobre las gestiones realizadas para cumplir la orden judicial. La CAR comunicó la suspensión de la concertación por seis meses, solicitada por el municipio para adelantar estudios técnicos. El Ministerio de Vivienda y el DNP reportaron avances en asistencia técnica y acompañamiento interinstitucional.
El Municipio de Quipile presentó un plan de acción con múltiples objetivos y actividades orientadas a mitigar riesgos, mejorar infraestructura, garantizar servicios públicos y atender la emergencia declarada por calamidad pública. Sin embargo, señaló limitaciones financieras para asumir el costo total de los estudios detallados cotizados por el SGC.
El Tribunal evaluó la solicitud municipal para ordenar la asignación de recursos públicos por más de 1.600 millones de pesos para dichos estudios y concluyó que esta excede el mandato judicial contenido en la orden 4.18 de la sentencia de 2014, por lo que no accedió a la petición.
No obstante, el auto exhorta al Alcalde de Quipile y a las entidades vinculadas, incluyendo la CAR, UNGRD, SGC, DNP, Ministerio de Medio Ambiente, Ministerio de Vivienda, y otros organismos, a realizar las gestiones administrativas necesarias —como convenios y canalización de recursos— para actualizar, elaborar y culminar los estudios básicos y detallados sobre riesgos, especialmente la falla geológica en el casco urbano, en un plazo máximo de nueve meses.
Asimismo, se ordena la presentación de informes consolidados de avance cada tres meses y la culminación de la actualización del EOT conforme a los contenidos del POMCA, integrando variables ambientales, cambio climático y gestión de riesgos asociados.
Conclusión del auto y notificaciones
El auto ratifica la competencia del municipio para liderar el ajuste del EOT, la importancia del trabajo conjunto entre entidades técnicas y gubernamentales, y la necesidad de avanzar en la gestión del riesgo para proteger a la población.
Finalmente, se ordena la notificación personal y por estado a todas las partes e intervinientes, garantizando la transparencia y seguimiento del cumplimiento de esta providencia judicial.
Este auto refleja la complejidad y el esfuerzo interinstitucional requerido para hacer efectivo el derecho a un ambiente sano y la gestión integral del riesgo en territorios afectados por fenómenos naturales en Colombia, destacando el compromiso de las autoridades en la protección y bienestar de las comunidades afectadas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.