Tribunal Administrativo de Cundinamarca emite auto sobre cumplimiento de orden ambiental en Quipile
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 11:44:33
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B, profirió un auto en el marco de un incidente de desacato (Nro. 138) dentro de una acción popular relacionada con la gestión ambiental del Municipio de Quipile. El auto tiene como finalidad verificar el cumplimiento de órdenes judiciales previas relativas a la adecuación ambiental y de gestión de riesgos del EOT de Quipile conforme al POMCA.Antecedentes fácticos y procesales
La sentencia de 28 de marzo de 2014 ordenó a los entes territoriales modificar y actualizar sus planes de ordenamiento territorial para incorporar los lineamientos del POMCA, incluyendo gestión ambiental y de riesgos. En particular, la orden 4.18 exige concertación ambiental para el EOT de Quipile. Ante la falta de cumplimiento, el Tribunal ha adelantado múltiples incidentes de desacato, siendo el incidente 138 el más reciente. El 10 de abril de 2024 se realizó una inspección judicial en el Municipio, donde se detectó una posible falla geológica que afecta la seguridad y bienestar de la población. Posteriormente, diversas entidades públicas fueron vinculadas al trámite incidental para adelantar estudios y acciones de gestión del riesgo, incluyendo la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), el Ministerio de Vivienda, el Servicio Geológico Colombiano (SGC), la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), el Departamento Nacional de Planeación (DNP), entre otras. El 12 de febrero de 2025, el Tribunal ordenó a la CAR expedir acto administrativo para suspender la etapa de concertación ambiental del EOT de Quipile, permitiendo así al municipio realizar estudios básicos de riesgo y atender observaciones técnicas.Consideraciones y fundamentos...
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