Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda de pérdida de investidura contra concejal de El Colegio
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 11:51:33
Competencia y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera - Subsección “C”, emitió el Auto Interlocutorio No. 507, el 4 de noviembre de 2025, en primera instancia, por medio del cual admitió la demanda de pérdida de investidura interpuesta contra un concejal del municipio de El Colegio, Cundinamarca. La providencia aborda la admisibilidad de la demanda presentada y declara competente al tribunal para conocer el proceso conforme a la normativa vigente.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada el 31 de octubre de 2025 por un ciudadano contra el concejal electo para el periodo 2020-2023, quien habría incurrido en la causal de pérdida de investidura al posesionarse como Secretario de Gobierno y Desarrollo Institucional del municipio de El Colegio el 1° de enero de 2024. La causal invocada se fundamenta en la presunta violación del régimen de incompatibilidades, conforme al numeral 1 del artículo 48 de la Ley 617 de 2000, en concordancia con el artículo 43.1 literal a) de la Ley 1952 de 2019. El tribunal constató que la demanda cumple con los requisitos formales exigidos: identificación y domicilio del demandante; identificación del concejal demandado; fundamentación clara de la causal invocada; solicitud de práctica de pruebas; y dirección electrónica para notificaciones. Además, se verificó que la demanda fue presentada dentro del término de cinco años establecido en el artículo 6 de la Ley 1881 de 2018, por lo que es oportuna.Consideraciones jurídicas y decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca afirmó su competencia para conocer esta acción de pérdida de investidura, en virtud del artículo 152 numeral 13 del Código...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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