Tribunal Administrativo de Cundinamarca revoca auto y admite reforma de demanda en proceso contra Alcaldía de Zipaquirá
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:2:37
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Tercera, Subsección “A”, con jurisdicción en materia contencioso administrativa, profirió el pasado 30 de octubre de 2025 una providencia interlocutoria en el proceso identificado con el número 25000233600020230060200. La decisión fue adoptada por el magistrado ponente encargado del caso, quien resolvió un recurso de reposición interpuesto contra un auto anterior que había rechazado la reforma de la demanda.Antecedentes fácticos y procesales
La parte demandante, un consorcio conformado por varias empresas constructoras, presentó inicialmente el 7 de diciembre de 2023 una acción contencioso administrativa dirigida a anular un acto administrativo mediante el cual se adjudicó una licitación pública y el contrato derivado de dicha adjudicación. Además, solicitó el pago de utilidades dejadas de percibir, actualizadas hasta el momento del pago efectivo. El 6 de mayo de 2024, el tribunal admitió la demanda, ordenó notificar a la entidad demandada —la Alcaldía de Zipaquirá— y al Ministerio Público, y dispuso el traslado correspondiente. Posteriormente, el 17 de julio de 2024, la parte actora presentó un escrito de reforma de la demanda, en el que adicionó hechos, pretensiones y ofreció nuevas pruebas. No obstante, mediante auto del 25 de septiembre de 2025, el tribunal rechazó dicha reforma por considerarla extemporánea. En respuesta, la parte demandante interpuso recurso de reposición el 1 de octubre de 2025, impugnando la decisión.Consideraciones jurídicas de la providencia
El tribunal inició su análisis con la competencia para resolver el recurso, establecida en el numeral tercero del artículo 125 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que otorga al magistrado...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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