Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda de la Agencia Nacional de Minería contra empresa minera por incumplimiento contractual
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:4:27
Contexto y competencia del tribunal
La providencia judicial fue emitida por la Sección Tercera, Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia, en el marco de un proceso contencioso administrativo contractual. La Agencia Nacional de Minería (ANM), como entidad pública, interpuso la demanda contra una empresa minera bajo el contrato de concesión No. 044 de 1989, alegando incumplimientos en la reversión de bienes muebles e inmuebles, entrega de documentación y obligaciones ambientales. Inicialmente, la Corporación remitió el expediente al Tribunal Administrativo del Cesar debido a una declaración de falta de competencia. Sin embargo, este último también declaró su incompetencia y se propuso un conflicto negativo de competencia. El Consejo de Estado, en abril de 2025, dirimió el conflicto y determinó que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca es el competente para conocer del asunto, al mantener vigente el artículo 293 de la Ley 685 de 2001, que establece la competencia territorial basada en el lugar de celebración del contrato.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda busca que se declare que la empresa minera incumplió:- La obligación contractual y legal de revertir el total de los activos relacionados con el contrato y su anexo.
- La entrega completa de la documentación de la ejecución del contrato, según el Acta de Liquidación Bilateral suscrita en diciembre de 2023.
- Las obligaciones ambientales asumidas en el contrato.
- El pago de perjuicios causados, con intereses moratorios actualizados.
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