Tribunal Administrativo de Cundinamarca dicta auto previo a sentencia anticipada en proceso de reparación directa contra la Nación – Rama Judicial
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:9:7
Contexto y antecedentes del proceso
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, conoció un proceso iniciado mediante acción contenciosa administrativa en ejercicio del medio de control de reparación directa contra la Nación – Rama Judicial. La acción se presentó por la presunta configuración de un error judicial derivado de decisiones adoptadas por el Juzgado Único Administrativo del Circuito de Leticia y posteriormente confirmadas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en proceso ejecutivo relacionado con el reconocimiento de un derecho pensional.
La demanda fue admitida y notificada a la entidad demandada, la cual contestó oponiéndose a las pretensiones y alegando excepciones como la ausencia de causa petendi, inexistencia de daño antijurídico y culpa de la víctima. Ninguna de las partes solicitó la práctica de pruebas distintas de las documentales ya obrantes en el expediente. Tampoco el tribunal encontró indispensable decretar pruebas adicionales de oficio.
Fundamentos y consideraciones de la providencia
El auto fue dictado con base en lo dispuesto en el artículo 182A del CPACA, incorporado por la Ley 2080 de 2021, que autoriza la sentencia anticipada cuando no existan pruebas por practicar o las solicitadas resulten impertinentes, inconducentes o inútiles. Este procedimiento especial garantiza el derecho fundamental al debido proceso y permite agilizar la decisión judicial cuando el asunto es de puro derecho o las pruebas documentales son suficientes.
En el caso concreto, el tribunal fijó el litigio en torno a si las decisiones judiciales cuestionadas constituyen un error judicial imputable a la Nación – Rama Judicial que genere responsabilidad patrimonial estatal, o si, por el contrario, dichas decisiones se ajustaron al ordenamiento jurídico vigente y a la valoración razonada de las pruebas.
Se establecieron hechos aceptados, tales como la negación del mandamiento de pago por parte del Juzgado Único Administrativo y la confirmación de dicha decisión por el Tribunal Administrativo, ambas en el marco de la ejecución de sentencias declarativas que reconocieron un derecho pensional. Los hechos controvertidos giran en torno a la existencia de error judicial y sus consecuencias jurídicas.
Respecto a los medios de prueba, se decretaron como válidas las documentales aportadas por la parte actora junto con la demanda y un memorial posterior, incluyendo sentencias, resoluciones, autos y actuaciones del proceso ejecutivo, así como un video de audiencia. La parte demandada se limitó a reiterar los documentos ya obrantes en el expediente y afirmó que el asunto es de puro derecho.
Trámite procesal y próximos pasos
Concluido el análisis, el tribunal dispuso correr traslado a las partes y al Ministerio Público para que presenten sus alegatos de conclusión por escrito en un término común de diez días, conforme al artículo 181 del CPACA y a lo previsto en el artículo 182A modificado. Esta etapa precederá la expedición de la sentencia anticipada, que resolverá el fondo del asunto sin necesidad de práctica de pruebas adicionales.
La providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente, conforme a la normativa vigente que garantiza la autenticidad e integridad de los actos procesales.
Este auto representa un paso procesal relevante en el manejo eficiente de los procesos contencioso-administrativos, especialmente en aquellos casos donde el debate es esencialmente jurídico y las pruebas documentales son suficientes para resolver la controversia. De esta manera, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca reafirma su compromiso con la celeridad y eficacia en la administración de justicia, garantizando el respeto de los derechos de las partes involucradas y contribuyendo a la estabilidad jurídica en materia de responsabilidad patrimonial del Estado.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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