Tribunal Administrativo de Cundinamarca aclara fecha para pago de intereses moratorios en liquidación de condena contra la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:15:46
Contexto y antecedentes del proceso
El caso se originó en una demanda presentada por una empresa de servicios públicos contra la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) por la liquidación de una contribución especial correspondiente al año 2019. Inicialmente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones en primera instancia en septiembre de 2023. Sin embargo, el Consejo de Estado, en sentencia del 20 de septiembre de 2024, revocó esa decisión, declaró la nulidad parcial de la liquidación oficial y de varias resoluciones expedidas por la SSPD, condenando a esta entidad en abstracto y ordenando que se realizara una liquidación concreta mediante incidente promovido por la parte actora. En cumplimiento de esta orden, la empresa demandante presentó un incidente de liquidación, señalando un pago en exceso de $411.680.921,40, derivado de la exclusión de ciertos rubros de la base gravable. El Tribunal Administrativo, mediante auto del 22 de abril de 2025, determinó el valor de la contribución especial en $1.481.094.078,00, confirmó el pago en exceso y ordenó su devolución ajustada por el índice de precios al consumidor (IPC), con intereses moratorios desde el 3 de octubre de 2024, fecha de ejecutoria de la sentencia del Consejo de Estado.Consideraciones del Tribunal Administrativo de Cundinamarca
El recurso de reposición presentado por la SSPD argumentó que el reconocimiento de intereses moratorios debía iniciarse desde la ejecutoria del auto que liquidó la condena en abstracto (22 de abril de 2025) y no desde la ejecutoria de la sentencia de segunda instancia (3 de octubre de 2024). Además, cuestionó la aplicación del artículo 635 del Estatuto Tributario para la...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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